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Caso Lucio: Sancho retira algunas acusaciones, pero sostiene las más importantes

El fiscal general y procurador subrogante alegó contra la jueza Ana Clara Péréz Ballester y la defensora Elisa Alejandra Catán.

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EL DIARIO digital

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El fiscal general Guillermo Sancho, que actúa como procurador subrogante en el Jury por el caso de Lucio Dupuy, retiró algunos cuestionamientos contra las funcionarias judiciales, pero sostuvo las más importantes y formalizó la acusación por mal desempeño en su alegato final en la causa contra la jueza Ana Clara Pérez Ballester y la asesora Elisa Alejandra Catán.

"Siempre hay que escuchar al niño", fue el reproche central de su planteo. "No se está responsabilizando a las funcionarias por la muerte de Lucio, sino juzgando la responsabilidad funcional anterior", aclaró Sancho.

Sancho opinó que el Poder Judicial podría haber escuchado a Lucio Dupuy en el marco de la definición de quién tendría su cuidado. Admitió que no es una obligación explícita desde lo legal y reconoció que hay voces autorizadas que indican que no es una situación imprescindible, pero a la vez dio lectura a posicionamientos y jurisprudencia que sugieren que los Estados deben garantizar la opinión del niño, lo cual "no es una limitación, sino una obligación de evaluar la capacidad del niño".

"Con esta decisión (de si viviría con su padre, con su madre, o con sus tíos) se estaba afectado su centro de vida. Se decidió sin que sea escuchado", refrescó. Citó fallos de la Corte que parecen dar la razón a la necesidad de escuchar a niños y niñas: "el derecho a ser escuchado constituye uno de los valores fundamentales de la Convención", leyó textualmente. "Es opinable, pero es absolutamente necesario escuchar a los niños y no se puede partir de la presunción de que no va a servir escucharlo", redondeó Sancho.

El segundo punto de la acusación es que no se escuchó las opiniones del padre y de la madre. Refrescó las circunstancias del caso y el rol de esas personas, como por ejemplo que la madre estuvo largo tiempo sin aparecer y que hizo exposiciones policiales de queja porque Lucio permanecía con sus tíos. Por eso Sancho insistió en que había que escuchar al padre y a la madre, "que de un día para el otro aparece". El acusador lamentó que no se citara al padre bajo el argumento "cierto" de que no era parte del proceso de cuidado personal. "Debió haberse escuchado al padre", aseveró.

Cuestionó además que todas las previsiones e informes que se hicieron cuando se otorgó la tutela de Lucio a sus tíos no se hizo cuando se determinó que el cuidado fuera de la madre. Reprochó que en ese caso sólo se avalara el acuerdo entre partes para modificar esa situación. "No se escuchó a nadie, simplemente en forma automática se homologó el acuerdo", protestó.

Añadió que se le dio el cuidado a la madre pese a que en un comentario ante la Policía el tío de Lucio había dicho que tenía algún "miedo de lo que le pudiera pasar a Lucio". Esas situaciones no se formalizaron ante las autoridades judiciales, "pero son cuestiones que debieron ser tenidas en cuenta", dijo Sancho. 

También interpretó que no se controló de modo suficiente la salud del niño, ya que la asesora -dijo- ni firmó decisiones sobre el tema ni ingresó al sistema informático para seguir la situación. Dijo que Catán ingresó al expediente, por primera vez, dos días después del asesinato de Lucio. Sancho insistió además en que no se dio intervención a la autoridad de aplicación como correspondía.

"Todos estos conflictos familiares demandan soluciones específicas", recordó. "Siempre hay que escuchar al niño y esa escucha no puede ser suplida por representantes legales. Su opinión debe tenerse en cuenta, sin importar la edad, porque de alguna manera se va a poder comunicar", dijo en el tramo final de su alegato.

"Es incomprobable decir que el hecho que conmociona, el asesinato de Lucio, hubiera sucedido igual si las funcionarias hubiesen cumplido acabadamente con sus funciones. Pero no quedan dudas de que no estarían sentadas acá si hubieran actuado bien. El análisis que hago, es con la mayor objetividad y teniendo en cuenta el contexto", intentó aclarar.

Sostuvo por eso mismo las imputaciones entendiendo que las funcionarias incurrieron en un mal desempeño de sus funciones.

El proceso de tutela

En cuanto a la acusación de "no escuchar al niño" en el marco del proceso de tutela, el procurador subrogante directamente retiró la acusación. "No voy a sostener la acusación a ninguna de las dos funcionarias", dijo.

Sancho sí dijo que en ese proceso de tutela, "más allá de que se trataba de un padre que no estaba presente como tal, la asesora debió peticionar que el padre sea escuchado, tiene esas facultades por la ley orgánica y por el artículo 103 del Código Civil".

"Debió ser escuchado porque Christian Dupuy no estaba suspendido ni se le había quitado la responsabilidad parental. Debió ser escuchado, o al menos citado", insistió.

"Se imputa a las autoridades judiciales que no comunicaron la vulnerabilidad de los derechos del niño. Se debió haber hecho", añadió. 

Opinó, además: "La asesora consintió el archivo de la causa y no controló el trámite de la tutela. De acuerdo a disposiciones orgánicas del Poder Judicial tiene la responsabilidad de controlar la tutela. La jueza resolvió el archivo ante el acuerdo de partes porque ni abogada ni asesora expresaron lo contrario. La que tendría que haber continuado con el control de la tutela es la asesora. No voy a sostener la acusación con relación a la jueza, pero sí con relación a la asesora, que debió controlar la tutela".

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