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8 meses de prisión por golpear a su ex hasta dejarla inconsciente

La jueza Marisol Rodríguez condenó a un hombre a 8 meses de prisión en suspenso, no va a la cárcel, por el delito de lesiones leves en perjuicio de su expareja a la que le aplicó una golpiza hasta dejarla inconsciente. 

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La sanción fue aplicada a partir de un acuerdo de juicio abreviado, donde el imputado admitió el hecho a cambio de una pena menor. El acuerdo fue avalado por el fiscal Walter Martos, la defensora Alejandra Moyano y el condenado.  

La jueza dijo que a partir del análisis de los elementos probatorios colectados durante la investigación fiscal preparatoria y también con el reconocimiento que efectuó el acusado entiendo que el hecho está debidamente probado, encontrándome en condiciones de fijar el mismo en los siguientes términos: "Que el día (...) a horas 20:00, momentos en que (...) se encontraba en su domicilio, sito en calle (...) de este medio, junto a su hijo de 8 meses de vida, al llegar su pareja - (...)- la nombrada le pidió dinero para comprar leche para el menor, el sindicado se enojó y comenzó a pegarle golpes de puño en el rostro, perdiendo ésta el conocimiento. Al recuperarlo, observó al nombrado que la estaba ahorcando en el piso, generando su asfixia, no pudiendo controlar su respiración, perdiendo el conocimiento nuevamente. Al recuperar la consciencia, vio a su hijo en la cama, y que su pareja ya no se encontraba en el lugar. Se observó el cuerpo con lesiones, y dolor en la cadera, lo cual le impidió sentarse".

La víctima "expresó su conformidad con el acuerdo de juicio abreviado suscripto por las partes".

Por ese hecho, fue condenado "como autor material y penalmente responsable del delito de Lesiones Leves calificadas por la relación de pareja preexistente, todo ello enmarcado y valorado dentro de los parámetros de la Ley 26485 de protección integral a la mujer a la pena de 8 meses de prisión de ejecución condicional. Además, se le impuso una restricción de acercamiento de 200 metros con la víctima. También la "prohibición absoluta de contacto por todo tipo de medios, incluso por interpósita persona". 

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