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EL DIARIO digital
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La sentencia estuvo a cargo del juez Daniel Saez Zamora. El condenado (que no tenía antecedentes penales y asistió a todo el proceso) recibió, hasta la finalización del proceso, una pena de prisión domiciliaria con monitoreo electrónico.
Según la sentencia usado agredió sexualmente a su hija adoptiva cuando ella tenía entre los 12 y 14 años de edad, quien padece de retraso madurativo. El abuso consistió en tocamientos con las manos y apoyando su pene en la vagina. Estos hechos acontecieron en más de una oportunidad, sucediendo uno de ellos en la cama de la habitación de la menor, en circunstancias en que ambos estaban desnudos y le tocaba la vagina de la adolescente con su pene. Estos tocamientos fueron reiterados en el pasillo, en el baño y en el lavadero de la vivienda.
La Fiscalía encuadró los hechos en la figura de abuso sexual gravemente ultrajante, por la duración y las circunstancias de realización, agravado por el vínculo y por ser cometido por una menor de 18 años, bajo el contexto de las leyes 26061 (Protección del Niño y la Niña) y 26485 (Violencia contra la mujer). Pidió una pena de once años de prisión y solicitó la prisión preventiva.
La Defensa sostuvo que el acusado era inocente y solicitó su absolución ya que consideró que la prueba existente es periférica y que la prueba no superó el estándar mínimo más allá de toda duda razonable. Consideró que el hecho no existió ni fue probado.
El juez Saez Zamora valoró lo que declaró la víctima en la Cámara Gessell. Las especialistas que intervinieron en el proceso validaron el testimonio de la víctima.
La extensión del abuso y el daño provocado fue lo que determinó, a criterio del juez, el monto de la pena.
También declaró la madre adoptiva (expareja del acusado) quien reveló que la nena fue adoptada a los tres años después de ser abandonado junto a su hermano.