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Prisión efectiva para un joven en Pico por dos robos

La sentencia fue dictada a consecuencia de un acuerdo de juicio abreviado, solicitado por la fiscal María Verónica Campo, el defensor oficial Héctor Freigedo y el imputado, quien reconoció la autoría de los delitos.

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EL DIARIO digital

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General Pico (Agencia) - La jueza de control de General Pico, Nora Gómez, condenó ayer a un joven de 23 años que cometió un robo y un hurto en dos localidades del norte de la provincia.

Por tratarse de una persona reincidente, cumplirá con prisión de efectivo cumplimiento.

David Emanuel Lara fue declarado autor material y penalmente responsable de los delitos de "robo agravado por escalamiento y hurto simple", por lo que resultó sentenciado a tres años de prisión.

Los hechos se produjern en Parera y Rancul durante los primeros meses del presente año.

La sentencia fue dictada a consecuencia de un acuerdo de juicio abreviado, solicitado por la fiscal María Verónica Campo, el defensor oficial Héctor Freigedo y el imputado, quien reconoció la autoría de los delitos. Fueron dos hechos presentados en dos legajos diferentes. Los damnificados en ambos legajos, estuvieron de acuerdo con la modalidad adoptada para finalizar el proceso.

Los hechos

En el primer legajo se constató que el 15 de mayo de este año el imputado ingresó al galpón del domicilio de una familia de la localidad de Parera, al que accedió luego de saltar el tapial trasero de la vivienda, de casi dos metros de altura. Luego, rompió con un hierro el vidrio de la ventana delantera izquierda de una pick-up y sustrajo de allí una billetera que contenía 7.000 pesos, dos tarjetas de débito, una tarjeta de crédito Naranja, un DNI y una licencia de conducir. Asimismo, del interior del galpón sustrajo un atornillador a batería y una amoladora.

En el segundo legajo quedó demostrado que el 5 de febrero del corriente año, en un local comercial de la localidad de Rancul, David Lara se presentó como cliente y mediante un ardid de distracción le pidió precios de productos comestibles. Mientras el comerciante respondía a sus pedidos, de la caja registradora que estaba en el mostrador sustrajo el dinero recaudado y, tras realizar una compra, se retiró del lugar con la suma aproximada de 15.000 pesos.

Respecto a la pena acordada, la jueza Nora Gómez consideró que" es la que se debe aplicar, habida cuenta las pautas establecidas por los arts. 40 y 41 del C.P. Asimismo, en cuanto a la imposición de penas, el acuerdo de partes es un límite infranqueable y ajeno a cualquier injerencia del juez".

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