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EL DIARIO digital
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Un hombre fue condenado a 8 meses de prisión por golpear y amenazar a su expareja. La condena es de efectivo cumplimiento porque es reincidente. La jueza Florencia Maza homologó el acuerdo de juicio abreviado al que arribaron la fiscala Verónica Ferrero; el defensor, Carlos Pérez Funes y el imputado.
El hombre admitió el hecho, que en el fallo quedó establecido de la siguiente manera: "que el día 21 de abril de 2023, siendo las 08:46 horas aproximadamente, en circunstancias que (...) se encontraba en su domicilio -sito en calle (...) de esta ciudad- durmiendo con sus hijos, es que (...), ingresó a dicha vivienda, debido a que la misma no poseía cerradura en la puerta de acceso, despertando a (...), por lo que ella se asustó y comenzó a grabarlo con su teléfono celular, circunstancias en que (...) se lo sacó y le propinó un golpe de puño en la cara provocándole un edema en pómulo izquierdo, manifestandole "Haciendo estas cosas lo único que vas a lograr es que cague matando total yo entro y salgo", tirando el teléfono celular sin causarle daño alguno- y se retiró corriendo de la vivienda antes mencionada, situación que quedó grabada con el teléfono celular de (...)".
La jueza condenó a "la pena de ocho meses de prisión, por resultar autor material y penalmente responsable de los delitos de Lesiones leves calificadas por la relación de pareja preexistente, violación de domicilio y amenazas simples, todos en concurso real entre sí, conforme lo dispuesto en los arts. 92, en relación con el 89 y 80 inciso 1º, 150, 149 bis primer párrafo, primer supuesto y 55 todos del C.P., valorados conforme las disposiciones de la Ley 26485, por hecho ocurrido el día 21 de abril del año 2023, en perjuicio de (...)".
Le unificó la pena impuesta con la dictada el pasado 25 de octubre del año 2021, por la cual fue condenado a la pena de ocho meses de prisión en suspenso, revocando ka condicionalidad de la condena impuesta e imponiendo en definitiva a (...), la pena única de ocho meses de prisión, con costas atento el ejercicio de la Defensa Técnica por parte del Defensor particular".