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Prisión efectiva por un abuso sexual simple agravado

La pena se impuso en los Tribunales de General Pico contra un hombre de 32 años t en el marco de un acuerdo de juicio abreviado.

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EL DIARIO digital

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La jueza de audiencia de juicio de General Pico, María José Gianinetto (foto), condenó a un hombre de 32 años – que se encontraba prófugo de la justicia- como autor material y penalmente responsable del delito de abuso sexual simple agravado por el aprovechamiento de la situación de la convivencia preexistente; a la pena de tres años de prisión de efectivo cumplimiento.

La pena se impuso a través de un acuerdo de juicio abreviado presentado por la fiscal Andreina Montes, la defensora oficial María Soledad Forte y el imputado. 

Al momento de presentar el acuerdo las partes dieron a conocer a la denunciante- madre de la damnificada- y a su hija el mismo, explicándoseles esta modalidad adoptada para finalizar el proceso, sus características y consecuencias jurídicas, así como el contenido del acuerdo, quienes manifestaron su conformidad al respecto.

Las pruebas incorporadas en el legajo permitieron comprobar que, sin poder precisar fecha exacta, en el domicilio donde el imputado convivía junto a un familiar y la familia de la misma, éste tocó en sus partes íntimas e intentó acceder carnalmente, a una menor de 5 años de edad en ese momento.

Al momento de merituar la pena a imponer, la jueza expresó que "la judicatura se encuentra limitada por el pedido de pena solicitado en el acuerdo, tanto por los antecedentes jurisprudenciales como por lo establecido en el art. 377 C.P.P, y que el acuerdo de partes establece la pena de tres años de prisión de efectivo cumplimiento, correspondiendo respetar dicha condena, que resulta el límite para el Tribunal".

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