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EL DIARIO digital
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Después que el Tribunal de Impugnación Penal confirmara la condena a 10 años de prisión contra Paul Claudio Santander por el abuso de una menor de edad en un jardín de infantes, ahora los jueces Gastón Boulenaz y Andrés Olié -integrantes del tribunal de juicio que lo condenó- ordenaron que se termine el beneficio de la prisión domiciliaria y vuelva a prisión.
La semana pasada, el TIP ratificó el fallo de culpabilidad dictado por la Audiencia de Juicio de Santa Rosa el 15 de marzo del año pasado y la imposición de pena establecida el 11 de abril, ya que el debate oral se tramitó por un juicio de cesura. Santander recibió una pena de 10 años de prisión como autor de abuso sexual doblemente agravado.
Los hechos probados ocurrieron entre 2017 y 2019 en el jardín de infantes Nenos. Allí Santander cometió los abusos cuando era "quien debía funcionar como representante legal (de la institución), a cargo de tareas administrativas".
En el jardín, cumplía diversos roles como profesor de música y educación física o haciendo tareas recreativas, que lo mantenían en contacto directo y estrecho con las niñas y los niños y, en este caso en particular, con la víctima.
Santander tenía prisión domiciliaria hasta la finalización del proceso judicial porque se venció la preventiva y la Fiscalía estuvo de acuerdo con ese beneficio. La querella intentó revertir esa decisión judicial, con un recurso ante el Superior Tribunal de Justicia, pero se lo rechazaron por inadmisible.
Los jueces del STJ cuestionaron que la querella, a cargo de José Mario Aguerrido y Karina Álvarez Mendiara, no impugnó el fallo condenatorio de primera instancia ante el Tribunal de Impugnación Penal. "Interpone el actual recurso de casación sin haber articulado el previo de impugnación, respecto del cual se adhirió al de Fiscalía", dijeron los jueces.
Además, reprocharon que la fiscala Verónica Ferrero estuvo de acuerdo con la domiciliaria en la audiencia y cuando impugnó el fallo ante el TIP pidió la prisión en la cárcel. "El Ministerio Público Fiscal se encuentra en una confusión o tal vez en un cambio de criterio; lo cierto es que si en una primera instancia reconoció el vencimiento de la prisión preventiva y solicitó arresto domiciliario con fundamentación en la ley de protección a las víctimas (medida que la defensa avaló sin desplegar oposición), al resultar favorable su petición, se desplaza todo agravio suficiente para impugnar y traslada esa imposibilidad de casar al querellante", aseguraron.
Este jueves, las partes fueron notificadas de la decisión de Boulenaz y Olié. De esta manera, Santander pasará de cumplir la domiciliaria con tobillera electrónica en un domicilio en el interior de la provincia a un centro de detención en Santa Rosa.