La Pampa

El PRO apuró un pedido de jury a la jueza Pérez Ballester

El bloque opositor fue hasta el STJ para formalizar una petición en relación al infanticidio de Lucio Dupuy. Salieron al cruce del oficialismo.

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EL DIARIO digital

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Los diputados Martín Ardohain y María Laura Trapaglia, presentaron este viernes en las oficinas del Superior Tribunal de Justicia, el pedido de Jurado de Enjuiciamiento hacia la Jueza Ana Clara Pérez Ballester. El pedido fue acompañado con las firmas de los diputados Matías Traba (MID) y Eduardo Pepa.

La oposición apuró ese trámite para salir al cruce de un anuncio que en el mismo sentido hizo el bloque oficialista.

Los diputados del PRO manifestaron que "hemos realizado la denuncia formal por mal desempeño de sus funciones por incumplimiento reiterado de los deberes de funcionaria judicial y negligencia reiterada en el ejercicio del cargo, en los términos de los artículos 113 y 114 de la Constitución de la Provincia de La Pampa y artículos 21 inc. 1), 22 incisos 2) y 3) y 24 inc. 5 de la Ley Nro. 313".

Ardohain aclaró que "a la fecha no se encuentra registrado ningún otro pedido de Jurado de Enjuiciamiento, siendo la única figura que legalmente existe, dado que la Cámara de Diputados de acuerdo al art 113 de la Constitución Provincial, no puede pedir el juicio político a un juez o una jueza de primera instancia".

Refiriéndose al anuncio de la diputada oficialista Alicia Mayoral, respecto a la presentación del bloque del PJ del pedido de juicio político, Ardohain remarcó que "no han presentado ningún pedido de juicio político, porque en sí, no es la vía correspondiente, de los dichos al hecho, primero deben leer lo que la constitución provincial establece al respecto".

Los ítems a destacar dentro de los fundamentos del pedido, dijo el PRO, son los siguientes: No se realizó un informe socio-ambiental del contexto familiar, donde iba a vivir Lucio; no se informó, ni se citó a testigos; no se escuchó al menor; no fue abordado desde el Juzgado por un equipo de profesionales; no se notificó al padre del menor, que tenía el cuidado personal compartido, y la responsabilidad parental; cambio de centro de vida de General Pico a Santa Rosa.

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