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Arquitectos advierten que el nuevo código "necesita una evaluación más profunda"

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Hace tres semanas reprocharon falta de participación y trabajo interdisciplinario en la elaboración del proyecto del nuevo Códgio Urbanísticos Ambiental de la gestión del intendente Luciano di Nápoli. El informe, al que accedió El Diario, señaló varios cuestionamientos y reconoció algunos avances.

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EL DIARIO digital

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La Comisión de Urbanismo del Colegio de Arquitectos planteó que el proyecto de nuevo Código Urbanístico de Santa Rosa "no está terminado" y necesita de "una evaluación más profunda y detallada" para determinar la planificación y el crecimiento futuro de la capital provincial.

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Si bien reconocieron algunos avances con respecto al actual código, los arquitectos plantearon que tuvieron escasa participación en la elaboración de la propuesta -que presentó el intendente Luciano di Nápoli hace diez días- y marcaron una serie de observaciones respecto a las futuras ampaliaciones del radio urbano, las definciones de patrimonio histórico y complejos de viviendas accesibles, autorizaciones para construir en altura o aplicabilidad de la nueva normativa.

El Colegio de Arquitectos envió el pasado 10 de marzo una nota al subsecretario de Planeamiento Urbano y Obras Particulares, Javier Hernández, como respuesta al borrador que le habían entregado para analizar la propuesta del nuevo código urbano que, de todos modos, la comuna presentó el pasado 16 de marzo. El intendente dijo que el proyecto será analizada dentro de la comisión de Plan Estratégico y luego girada al Concejo Deliberante para su tratamiento.

Un proyecto que no está terminado

El proyecto del nuevo Código Urbano opera directamente "sobre los lineamientos normativos que definen y condicionan el ejercicio profesional (aproximadamente un 50% de los profesionales de La Pampa, ejerce, reside o tiene algún tipo de vínculo de participación para con la concreción de la ciudad) y su importancia radica en que es el instrumento fundamental para materializar una ciudad inclusiva, eficiente, amigable, funcional, y organizada", reconoció la comisión de arquitectos.

En ese sentido, y como primera observación, señalaron que "debido a la ausencia de un marco de trabajo interdisciplinario y participativo visible en el proceso de diagnóstico cuantitativo y cualitativo, así como del proceso de redacción y confección del proyecto, la presente devolución es el resultado posible dentro del escaso márgen de tiempo disponible, para la evaluación de la propuesta completa de redacción del Proyecto de Código Urbano Ambiental elaborado por la Subsecretaría de Planeamiento Urbano, por primera vez proporcionada al Colegio de Arquitectos".

Mencionaron que durante el año 2021, la Comisión de Urbanismo ha trabajado Ad Honorem, en un rol de Informante Clave, elaborando informes y la puesta en valor de las propuestas elaboradas por el municipio, respecto a temas puntuales y específicos, solicitados por la Subsecretaría de Planeamiento Urbano en diferentes oportunidades.

Aclararon que la comisión solo participó en aproximadamente 15 puntos de valor sobre los 130 que cuenta el proyecto del código urbano ambiental. Es por esto que consideraron que "el proyecto en cuestión, no se encuentra terminado y sugerimos sea sometido a un proceso de evaluación más profundo y detallado incorporando opiniones diversas de la sociedad, con análisis e informes resultantes más complejos, estudios y estadísticas que respalden los datos finales, ya que establecen los valores y variables que definirán el espacio público y privado de nuestra ciudad".

El informe -aclararon- es un extracto parcial de los temas discutidos, otros puntos generaron debate y requieren más información o debate interdisciplinario. Invitaron al funcionario a participar de una reunión en el colegio para intercambiar puntos de vista con la intención de hacer un aporte constructivo.

Algunos avances

En primer lugar, la comisión reconoce que ele proyecto "resulta en un gran avance con respecto al Código Urbano vigente si se evalúan en rasgos generales, las búsquedas normativas del mismo en relación a parámetros de habitabilidad, accesibilidad, sostenibilidad y ambientales que incorpora".

Como ejemplos del caso mencionaron:

? La posibilidad de desarrollar dos unidades funcionales para un mismo grupo familiar en la vivienda unifamiliar.

? La incorporación obligatoria de patios, balcones o terrazas en la vivienda multifamiliar .

? La imposibilidad de que la totalidad de los locales de una unidad funcional iluminen y ventilen a “patios de aire y luz”.

? Premios por la incorporación de sistemas alternativos de energía eléctrica y recupero y aprovechamiento de agua de lluvia.

? La diversificación de usos en los distritos.

? La definición de los corredores comerciales que actuaran como directrices de crecimiento.

? La definición de las áreas de urbanización futura y los límites de crecimiento futuro.

? La alternativa de desarrollo de planes integrales y convenios urbanísticos ofrece una opción de crecimiento con el involucramiento conjunto del Municipio y el propietario del suelo que difiere del simple parcelamiento.

De todos modos, los arquitectos no dejan pasar por alto que, a pesar de esos avances, "como regla general de la mayoría de los puntos analizados con detenimiento, cuando son abordados de manera específica, consideramos que ameritan un estudio más profundo y detallado, que permita evitar posteriores criterios diversos o ambigüedades de interpretación para el momento futuro de la aplicación de la norma".

La comisión de urbanismo del Colegio detalla observaciones al proyecto analizado. Las divide en varios puntos: patrimonio, AUF, densificación, accesibilidad y aplicación del código.

Patrimonio, "un problema para el propietario"

La comisión valoró que "el Municipio intente encontrar una solución en la problemática de los inmuebles incluidos bajo esta denominación, pero la propuesta no es clara y no se puede rastrear la efectividad de la misma en el tiempo".

"Según la redacción, consideramos que terminaría siendo un problema para el propietario o delegando en él, la búsqueda de la solución al problema del mantenimiento", adviritieron.

"Se debería alentar a los propietarios a la conservación y mantenimiento de los bienes pertenecientes al Patrimonio, con medidas impositivas o de cualquier índole que alivianen la carga de su preservación", propusieron.

Ambiguedad y discrecionalidad en la mancha urbana futura

La comisión de arquitectos señaló que "la mancha urbana futura proyectada, es de una dimensión cuantitativamente notable, y respecto a este punto en particular, se debatió mucho respecto a la dinámica del valor del precio del suelo y el valor especulativo generado al modificar los límites del suelo de rural a urbano, o a un estadio intermedio, según se terminen de definir apropiadamente las ambigüedades en la redacción, a las que hace mención el INTA en su nota adjunta".

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"A modo informativo y en un estadio previo a la toma de decisiones plasmadas en la redacción del presente proyecto de código por sus dependencias , se adjunta extracto de un informe realizado por la comisión de urbanismo y entregado al Municipio: “...Entendemos que para poder definir el futuro crecimiento urbano será necesario debatir de manera interdisciplinaria una extensa variedad de criterios que permitan que la planificación de la ciudad responda de la manera más ajustada posible no sólo a la realidad actual sino también a las verdaderas necesidades que se plantean de la ciudad. Desde nuestra especificidad como arquitectos/as entendemos que para analizar el futuro crecimiento de la ciudad será necesario considerar y/o evaluar:

- Los diferentes criterios planteados por el PET para la definición del futuro crecimiento urbano de la ciudad.

- El crecimiento vegetativo de la ciudad.

- La necesidad real de crecimiento urbano.

- La demanda real de nuevos loteos.

- El correlato económico entre necesidad y demanda.

"La falta de datos cuantitativos, debido a la falta de recursos y al tiempo acotado que tenemos para el desarrollo del análisis, dificulta la toma de decisiones y/o la definición de conclusiones por parte de esta Comisión", marcdaron.

"Además, hay otro debate conceptual y teórico muy importante a llevar a cabo: “ciudad difusa vs. ciudad compacta”, imposible de llevarse a cabo en los tiempos planteados para la modificación del Código. En este sentido no podemos dejar de mencionar la idiosincrasia del pampeano, tendiente a querer vivir en una casa con patio. Y la pregunta recurrente es cómo lograr la ciudad compacta cuando la demanda real te lleva a la generación de una ciudad difusa…”

Por otra parte, indicaron "respecto a la redacción del proyecto, y obviando este debate anterior a la redacción del código urbano, consideramos positiva la consideración de las AUF en su particularidad".

En consonancia con el desarrollo por parte del INTA, sugirieron que "se ahonde en la caracterización de dichas áreas para reducir el margen de ambigüedad en la interpretación de la norma, para el momento en que resulte necesaria su aplicación futura".

"Sin embargo, lo más importante a nuestro juicio preocupante en este estado inicial de análisis, es que el poder de decisión de ampliación o incorporación de áreas urbanas AUFs, suficientemente caracterizadas con anterioridad en la norma o no, sea una facultad reservada al Ejecutivo. Consideramos necesario y de suma importancia, que toda ampliación de mancha urbana, indefectiblemente planificada en consonancia con la caracterización previa de cada AUF, sea debidamente tratada y aprobada en el seno del Consejo Deliberante", alertaron.

Densificación no lograda

"Es sabido que la densificación y concentración de usos contribuye a la dinámica de la ciudad, pero también es un disparador para la creación de sectores que propendan al uso en zonas con funciones estancas", indicó la comisión. Y consideró que "la propuesta, en comparación con el CU vigente, propone la mixtura de usos y tipologías que resulta positivo para lograr una dinámica de una ciudad vibrante y de ocupación plena".

"Se interpreta la intención de equilibrar el crecimiento de la ciudad en forma radial, pero no consideramos que se logre claramente la intención de la densificación en torre o en conjuntos de vivienda de menor altura y mayor huella en PB, en torno al centro y procurando un criterio de compacidad", señalaron en ese sentido.

"Particularmente y en detrimento de lo anterior, se libera el crecimiento en altura de varios corredores comerciales que resultan de hipotética concreción", precisaron.

En este sentido, estimaron que amerita una verificación los tratamientos dados a la Av. Luro en sus diversos tramos, Av Perón, Av. Palacios.

Por otro lado, se repiten las tipologías y las alturas del Código vigente, "siendo una buena oportunidad para repensar los mismos, sobre todo para la tipología de Edificio Torre de Semiperímetro Libre dado que la misma tiende a recrear en las parcelas intermedias de la manzana la situación de esquina, sin ninguna de sus virtudes y si tiene la posibilidad para las unidades de departamentos que den al retiro del eje divisorio de enfrentar una medianera de otra Torre de Semiperímetro Libre a 4.50 mts de distancia, contradiciendo las condiciones ambientales propuestas en 4.3.4".

"Otro punto que entendemos se debería reformular es el retiro de ejes divisorios de la tipología de Edificio Torre de Perímetro Libre pasando los mismos de 3.15 mts propuestos a 4.50mts, situación ya verificada en las torres de semiperímetro libre actuales, contribuyendo a los ambientes internos", acotaron.

Para las nuevas urbanizaciones sociales, que comprenden más del 35% del total de viviendas, sugirieroin plantear "un ejercicio más fluido y de intercambio entre Municipio, I.P.A.V. y C.A.L.P para así mejorar la calidad ambiental y general de los espacios resultantes (concursos provinciales, jornadas de intercambio, nuevas tecnologías, capacitaciones INTA, etc.)".

Necesidad de trancisión

En cuanto a la aplicabilidad del código, la comisión sostuvo que "se debería contemplar un periodo de tiempo intermedio en la aplicación plena del nuevo CU, para la conclusión de los proyectos en desarrollo, y/o evitar inconvenientes, o al menos considerar las implicancias del cambio de normativa, para lograr una estrategia de aplicación que no genere mayores inconvenientes".

Falta de definición de unidades accesibles

En lo que refiere a la accesibilidad, y respecto a las unidades de características arquitectónicas accesibles, la comisión invitó "a entender la accesibilidad en el sentido amplio del término y no limitarlo solamente a adultos mayores o con discapacidad motriz".

"Ampliando el significado -apuntaron-, tendiendo a la incorporación y no a la segregación de las personas, consideramos que corresponde tener un criterio integrador y una mirada de diseñadores de espacios públicos y privados, para lo cual se debería definir convenientemente el significado de “vivienda de características accesibles”.

Reclamaron que se precies "si la categoría mencionada significa el diseño de unidades habitacionales exclusivas para personas con discapacidades motrices, o se refiere a la condición del cumplimiento de ciertas y determinadas normas reglamentarias para que dichas unidades puedan ser adaptadas fácilmente en caso de ser solicitadas".

Para ejemplificar la perspectiva, bajo esta hipótesis, consideraron, por ejemplo, que la normativa arroje como resultado la concreción de unidades más amplias, con pasillos y dormitorios acordes, que permitan adaptar el baño al cumplimiento de la Ley de accesibilidad 24314, en el caso que fuese solicitado por el propietario de manera sencilla y sin mayores inconvenientes.

En relación al porcentaje planteado, se citan algunos criterios ya establecidos por otros organismos, donde se consideran entre un 5% y un 10% del total de las unidades, con una unidad por fracción mayor a 5. "El presente debate se encuentra abierto en el seno de la Comisión y en mucho depende del marco de entendimiento que se adopte en relación al párrafo inicial de este apartado", mencionaron.

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