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La Corte ordenó al "Señor del Tabaco" pagar una deuda de USD 1.400 millones por un impuesto que nunca abonó

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El máximo tribunal revocó un fallo que beneficiaba a Tabacalera Sarandí y ratificó la validez del impuesto interno mínimo al tabaco. Pablo Otero, dueño de la empresa, deberá afrontar la millonaria obligación.

La Corte Suprema de Justicia resolvió este jueves revocar un fallo de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal que había declarado inconstitucional el impuesto interno mínimo al tabaco establecido por la ley 27.430. Con la decisión, el máximo tribunal dejó firme la obligación de Tabacalera Sarandí, propiedad de Pablo Otero —conocido como el "Señor del Tabaco"— de abonar el tributo.

Según estimaciones de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARCA), las empresas de Otero acumulan una deuda de USD 1.400 millones por este concepto.

Una disputa de años

El conflicto judicial comenzó cuando Tabacalera Sarandí cuestionó el monto mínimo del impuesto, argumentando que encarecía sus cigarrillos más baratos y "ultrabaratos", dejándolos en desventaja frente a las marcas premium y afectando su competitividad. La compañía comercializa etiquetas como Red Point, West, Master y Kiel.

En 2022, la Cámara le dio la razón a la tabacalera y declaró inconstitucional la norma, lo que llevó a la AFIP y a la empresa Massalin Particulares a apelar ante la Corte.

Argumentos de la Corte

En el fallo, firmado por los jueces Horacio Rosatti y Ricardo Lorenzetti, junto a los conjueces Mariano Llorens, Enrique Moltini y Mario Boldú, el tribunal sostuvo que la definición de impuestos y montos mínimos es una atribución del Congreso y que no se verificó discriminación ni arbitrariedad.

Además, remarcaron que el tributo tiene un fin "extrafiscal": desalentar el consumo de tabaco por sus efectos sobre la salud, en línea con los criterios de la Organización Mundial de la Salud (OMS), que considera el aumento de precios como la medida más efectiva para reducir su consumo.

Sin margen para desistir

La Corte también rechazó un intento reciente de la empresa de desistir del juicio, bajo el argumento de haberse acogido a un régimen de regularización. El tribunal señaló que no cumplió con los requisitos formales para ello.

De esta manera, Tabacalera Sarandí queda obligada a abonar el millonario monto, cerrando así una de las causas fiscales más relevantes de los últimos años en el sector tabacalero argentino.

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