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El STJ elabora una guía de "lenguaje claro" para magistrados y funcionarios

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El disertante Leonardo Altamirano desgranó lo que denominó “los diez obstáculos” que impiden mejorar la redacción de los textos jurídicos. La exposición contó con la participación de 84 magistrados y funcionarios de toda la provincia.

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EL DIARIO digital

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El Superior Tribunal de Justicia trabaja en la elaboración de una guía de Lenguaje Claro para su aplicación en los textos jurídicos y administrativos. En ese contexto, y a modo de capacitación, viene organizando, a través del Centro de Capacitación Judicial, una serie de charlas en el marco del programa “Redacción en Lenguaje Claro”.

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En esta ocasión, el disertante fue Leonardo Altamirano, quien durante dos horas vía Zoom, desgranó lo que denominó “los diez obstáculos” que impiden mejorar la redacción de esos textos. La exposición contó con la participación de 84 magistrados y funcionarios de toda la provincia.

Altamirano es el responsable de la Oficina de Comunicación del Tribunal Superior de Justicia de Córdoba; coordinador del Comité de Lenguaje Claro y Lectura Fácil del Poder Judicial de esa provincia; y docente en la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Córdoba.

“No se trata de vulgarizar la escritura judicial o empobrecer la jurisprudencia, sino que los escritos legales tengan en cuenta a los destinatarios concretos de sus resoluciones, que son personas que ven afectados sus derechos, sus bienes o la propia libertad y desconocen el lenguaje jurídico”, indicó.

Propuestas.

La decena de ítems que propuso modificar para que los escritos sean más comprensibles para que llamó el “lector modelo”, son los siguientes:

1) Textos extensos: Altamirano habló de “hiperinflación textual” y sostuvo que, excepto en casos de gran trascendencia o fallos que marquen jurisprudencia, ninguna persona sin conocimientos jurídicos puede leer una sentencia de 40 o 50 páginas.

2) Falta de independencia semántica: “El texto tiene que comprenderse en sí mismo. Las sintaxis complejas deben evitarse”, expresó.

3) Párrafos unioracionales: “Las oraciones tienen que ser más cortas, de no más de 25 o 30 palabras”. En ese sentido, el conferencista exhibió a manera de ejemplo un párrafo de 77 palabras y mostró cómo dividido en tres era más fácil de leer y comprender. También remarcó el abuso que se hace con las mayúsculas. “Cuando se menciona a tal juez, la palabra juez va con minúscula porque es un sustantivo común. Diferente es cuando hablo de Juzgado en lo Civil… ahí si juzgado va con mayúscula porque es un nombre propio”, acotó.

4) Uso incorrecto del gerundio: Altamirano resaltó que el verboide se utiliza solamente para indicar una acción que se está desarrollando o en una anterior. “Para qué decir ‘resolvió haciendo lugar’ cuando puede decirse hizo lugar o directamente resolvió”, subrayó. Dijo que el gerundio conviene reemplazarlo por verbos conjugados y conectores.

5) Alteración del orden natural de la oración: el orador explicó que si la oración no se construye con sus características básicas (sujeto, verbo y predicado), el lector modelo tiene que hacer un esfuerzo mayor para comprender el texto porque antes debe ordenarlo.

6) Uso de otros idiomas: “Qué yo sepa, en la Argentina se habla español…”, ironizó Altamirano. Por eso recomendó emplear palabras en otros idiomas lo menos posible y, en caso de ser necesario, traducirlas en el texto.

7) Utilización de expresiones en desuso: vocablos como autos, fojas, distrato, a quo… Propuso reemplazarlos por palabras más coloquiales. A modo de ejemplo, sugirió escribir hoja en vez de foja.

8) Polución gráfica: Altamirano habló del uso correcto de las comillas, las cursivas y las negritas para resaltar aspectos específicos del texto y promovió –aunque hay escasos antecedentes en los poderes judiciales del país– la redacción de un manual o una hoja de estilo de escritura.

9) Ausencia de paratextos para ordenar la información: el expositor se pronunció a favor de colocar un título al inicio de un documento, una introducción que explique su objetivo, subtítulos, índices, resúmenes y una conclusión.

10) Diseño documental arcaico: en este último punto, Altamirano aludió específicamente a cómo debe redactarse una sentencia.

Diferencias.

En el tramo final de la charla, el responsable de la Oficina de Comunicación del TSJ de Córdoba distinguió entre lenguaje claro y lectura fácil. “Con el lenguaje claro se busca que los textos legales sean más comprensibles para todos los ciudadanos y, para ello, se introducen cambios en los documentos originales. En la lectura fácil se escriben versiones especiales de los textos teniendo en cuenta los destinatarios concretos”, resaltó.

Para ello mostró los textos donde un juez le explicó a un niño, en lectura fácil, que podía tener a sus dos papás porque ese era su deseo; y otro magistrado hizo lo propio con un condenado analfabeto al que le habían otorgado el benficio de la libertad asistida.

Esos destinatarios concretos a los que se les habla en lenguaje fácil son las personas vulnerables, según los parámetros establecidos en las Reglas de Brasilia sobre acceso a la justicia de ellas. A tal punto que el artículo 58 establece que “se adoptarán las medidas necesarias para reducir las dificultades de comunicación, que afecten a la comprensión del acto judicial en el que participe una persona en condición de vulnerabilidad, garantizando que ésta pueda comprender su alcance y significado”.

De la capacitación participó también Fernando Rocca, disertante en la jornada anterior, quien resaltó que el jueves se hizo la presentación del Observatorio de Lenguaje Claro en la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires. Rocca es director general de Programas de Investigación y Capacitación del Senado de la Nación?.

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