Turismo

Argentina autoriza turismo de cruceros a partir de octubre

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Con una serie de requisitos para tripulación y viajeros, a partir de octubre se relanza la temporada de cruceros en Argentina.

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EL DIARIO digital

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El Gobierno nacional habilitó “la reanudación de la actividad de cruceros oceánicos y antárticos, de manera progresiva y segura” a partir del próximo 20 de octubre, según la Decisión Administrativa 834/2021 publicada este martes en el Boletín Oficial del Estado.

“El Gobierno provincial y/o la autoridad competente nacional, según corresponda, aprobarán los cronogramas de operaciones dispuestos por las autoridades portuarias de sus respectivas jurisdicciones (…) previa intervención del Ministerio de Salud y del Ministerio de Turismo y Deportes, ambos de la Nación”, dijeron fuentes oficiales.

El retorno de esta actividad se dio por un pedido de la cartera conducida por Lammens, basándose en que “resulta de gran importancia para la reactivación económica del sector turístico”.

Según trascendió tanto la tripulación como los viajeros, deberán cumplir con los siguientes trámites antes de embarcar:

- Cuestionario de la Declaración de Salud del Viajero y/o complementarios y control de temperatura a toda persona.

- Testeo PCR en un máximo de 72 horas antes del viaje: quienes vienen en el buque no deben realizar el PCR, solamente deben hacerlo las personas que abordarán en el buque en el territorio nacional. Registros de síntomas para todas las personas que aborden el buque.

- Días de aislamiento previo al embarque: todas las personas que provienen del extranjero y abordan en territorio nacional deberán respetar las medidas sanitarias vigentes al momento de la reactivación de la actividad para turistas extranjeros.

- Vacunación: se deberá solicitar a todas las personas que embarquen al crucero un certificado de vacunación del 100% (huéspedes, personal, tripulación) con esquema completo.

- Todas las personas deberán contar con seguro por COVID-19 y seguro por fallecimiento, que incluya aislamiento, traslado, internación y, en el debido caso, repatriación.

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