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EL DIARIO digital
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Si se hubiera puesto en práctica este mes lo establecido por una de las leyes que el presidente Javier Milei decidió vetar, los jubilados y pensionados del sistema de la ANSES tendrían un ingreso un 7,2% o un 16,5% más alto que el que efectivamente cobrarán.
Con el reajuste por inflación de 1,62% -según el sistema de movilidad que rige desde abril de 2024-, el haber mínimo de agosto se ubica, de acuerdo con las cifras ya confirmadas por la ANSES en $314.305,37, en tanto que el máximo llega a $2.114.977,60, ambos montos en bruto. Una vez descontado el aporte al PAMI, el ingreso más bajo y el más alto son, en términos netos, de $304.876 y $1.997.508, respectivamente.
Para quienes perciben solo un haber mínimo, al sumarse el bono de $70.000 -confirmado por el Gobierno-, el total será de $384.305 en bruto, y de $374.876 en términos netos (de bolsillo). En este último caso, el reajuste del importe total a cobrar no alcanza a ser de 1,62%, sino que se limita a 1,31%, dado que el monto del refuerzo de $70.000 -que representa el 18% del total- no se modifica.
El importe de $384.305 es, a la vez, la garantía de ingreso básico para quienes están en el régimen contributivo (ya sea que se hayan jubilado con o sin moratoria), de tal forma que quien tiene un haber superior al mínimo, pero inferior a ese monto, reciben en concepto de bono la cantidad de dinero necesario para completarlo.
La ley respecto de la cual el Presidente firmó el decreto de veto, que será publicado el lunes en el Boletín Oficial, dispone entre otras cuestiones- un aumento de 7,2% para todos los haberes y una suba del bono de $70.000 a $110.000. Además, establece para este plus la vigencia de los reajustes por inflación que tienen los haberes propiamente dichos.
Con la ley vetada, el ingreso más bajo, conformado por el haber mínimo y el bono, sería de $446.935 en bruto, o de $436.827 según la cifra neta. Es decir, se percibirían, en definitiva, $61.951 más de bolsillo. Es decir, se cobraría un 16,5% más. Actualmente y según la estadística de la Subsecretaría de Seguridad Social, cerca de 3 millones de personas cobran ese ingreso, dentro del sistema contributivo (son alrededor del 50% del total).
En el caso del haber máximo, la cifra a cobrar según la ley rechazada por el Gobierno sería de $2.267.256 (bruto) y de $2.141.329 (neto), lo que implica una diferencia de $143.820,70 con el importe que efectivamente se cobrará. Sería un 7,2% más.
Y, por ejemplo, para un jubilado con un haber de $500.000 en julio, el ingreso sería, con la ley, de $544.683, en lugar de los $508.100; la diferencia sería de $36.583 (también, al no percibirse el bono, de 7,2%).
Sin financiamiento suficiente
La decisión de vetar la ley de suba de jubilaciones y otras aprobadas recientemente por el Congreso, como la reposición de un sistema de moratoria previsional, fue anunciado varias veces por el Gobierno, incluso antes de la aprobación de la norma en el Poder Legislativo, donde ahora la oposición podrá intentar insistir para que los cambios queden vigentes.
El principal argumento del rechazo es la amenaza que las medidas significan para el equilibrio de las cuentas fiscales. La ley, que establece aumentos para los ingresos y que dispone también que el Gobierno debe transferir fondos a un grupo de provincias para cubrir los déficits de sus cajas previsionales, tiene, en rigor, disposiciones referidas al financiamiento del costo que su aplicación supone.
Pero esos recursos previstos serían muy insuficientes, además de que algunas fuentes de financiamiento generaron no poca polémica. ¿Por qué? Por ejemplo, porque parte de lo establecido va contra el fondeo de las Sociedades de Garantía Recíproca, que les aportan respaldo a las PyMEs para obtener financiamiento.
Según un informe reciente de la Oficina de Presupuesto del Congreso (OPC), las medidas con impacto directo en los ingresos de los jubilados y pensionados tendrían un costo anualizado equivalente al 0,79% del producto bruto interno (PBI), índice que se eleva a 1,17% cuando se incluyen las transferencias a provincias, y a 1,47% si se suma el efecto de la reposición de la moratoria y de los cambios a la Prestación Universal para el Adulto Mayor (PUAM), medidas dispuestas en otra ley. De acuerdo con el citado documento, las fuentes de financiamiento previstas en la ley aportarían recursos equivalentes al 0,39% del PBI.
Es decir, solo se cubriría alrededor de un cuarto de los costos totales de las medidas en materia previsional. Y solo alcanzaría para la mitad de lo necesario si solamente se considera el aumento de las jubilaciones y pensiones.
El poder de compra de los haberes
Según la modalidad de reajustes que estableció el Gobierno a través del DNU 274 y que se aplica desde abril de 2024, entre enero y agosto de este año la suba nominal de los haberes es de 21,03%, un porcentaje que superaría al del alza promedio de precios, según estimaciones de economistas.
Ese nivel de aumento impacta en los ingresos de alrededor de la mitad de los jubilados y pensionados con prestaciones contributivas (unos 3 millones), que son quienes no reciben bonos y quienes más poder de compra perdieron en años anteriores al cambio del régimen de movilidad, sobre todo entre 2020 y 2023, bajo el gobierno de Alberto Fernández y Cristina Kirchner.
Sin embargo, para quienes perciben el haber mínimo, el alza acumulada en los primeros ocho meses del año es varios puntos inferior, de 16,5%, a causa del ya comentado congelamiento del bono.
Qué pasó en los últimos años
En el primer semestre del año y según cálculos que contrastan las subas de haberes con el índice general de inflación del Indec, los ingresos de quienes no cobran el refuerzo tuvieron una recuperación de su poder de compra de 2%, en tanto que los de los jubilados de la mínima, que tienen el bono congelado, perdieron un 1,12%.
La comparación tiene en cuenta la variación nominal de los ingresos y la evolución del Índice de Precios al Consumidor (IPC) que, claro está, puede no reflejar lo que ocurre con los gastos en cada hogar en particular.
En tanto, en el período comprendido entre enero de 2024 y junio de este año, los haberes sin bono tuvieron -siempre contra la inflación oficial, que es un promedio para todo el país- una recuperación de 14,9% en términos de poder de compra, en tanto que el ingreso de quien tiene el haber mínimo perdió contra la inflación y en el mes más reciente considerado tuvo una capacidad de compra un 7,8% más baja en el inicio del año pasado.
Más allá de los efectos negativos de la falta de actualización del bono, la modalidad dispuesta para actualizar los haberes en 2024 (los reajustes mensuales por IPC) hizo que los haberes propiamente dichos dejaran de perder poder de compra. Sin embargo, la modificación de la fórmula se hizo sin compensar los daños que previamente habían sufrido los haberes.
Por caso, durante la vigencia de la ley 27.609, promovida por el último gobierno kirchnerista, los ingresos de los jubilados sin bono sufrieron una pérdida de poder adquisitivo de 50,3%. Eso fue por la aplicación de la fórmula prevista en esa norma, que no contemplaba la inflación, sino otras variables, y que establecía un tope a las subas de jubilaciones, que fue aplicado incluso cuando las prestaciones estaban teniendo ya un fuerte deterioro. Por sus efectos tan negativos, esa ley fue ya declarada inconstitucional por varias cámaras de segunda instancia en el interior del país. Y resta que se expida sobre el tema la Corte Suprema de Justicia.