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EL DIARIO digital
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Luego de la sanción en la Legislatura provincial de la Ley 3.656 que adecuó el marco pampeano a las pautas del nuevo Régimen Penal Juvenil nacional (Ley 27.801), el Ministerio Público Fiscal (MPF) puso en marcha una serie de jornadas de capacitación. El objetivo central es instruir a las fuerzas de seguridad y unificar criterios de actuación en el territorio desde el primer minuto en que se detecta la comisión de un hecho delictivo que involucra a niños, niñas o adolescentes.
El primer encuentro de articulación reunió a fiscales de la II y IV Circunscripción Judicial con oficiales, comisarios y efectivos pertenecientes a dependencias de la Unidad Regional II y de localidades del oeste provincial, como Victorica, Telén y Santa Isabel.
La disertación estuvo a cargo de la funcionaria judicial Emilia Buffone, de la Unidad de Atención Primaria del MPF, quien detalló las pautas operativas acordes a la nueva legislación aprobada el pasado 11 de septiembre.
Diferenciación, notificaciones y plazos estrictos
Uno de los ejes clave de la instrucción consistió en delimitar el accionar policial ante adolescentes punibles y aquellos que, por su franja etaria, son considerados no punibles por el sistema legal.
En esa línea, Buffone precisó el protocolo obligatorio de notificaciones: al momento de labrar las actuaciones a un menor punible, es requisito indispensable contar con la firma del padre, madre, tutor o adulto responsable. Ante la falta o ausencia de referentes familiares, la policía debe dar aviso inmediato y formal a los organismos de Protección de Derechos provinciales.
Asimismo, la representante del MPF hizo especial hincapié en el cumplimiento estricto de los tiempos procesales, recordando que la policía dispone de un plazo máximo de 24 horas para elevar el sumario y las actuaciones correspondientes al fiscal de turno.
Aprehensiones y enfoque restaurativo
Durante la jornada se analizaron además las condiciones formales para disponer la aprehensión o detención de un adolescente, recalcando que el procedimiento exige resguardar las garantías constitucionales del menor desde el momento mismo de la demora en la vía pública.
En ese marco, Buffone remarcó el espíritu tutelar de la norma: "Explicamos los principios que rigen en el proceso penal juvenil y su fin, que no es retributivo sino justamente de reintegrarlos a la sociedad y con un sentido educativo".
Desde el Ministerio Público Fiscal calificaron la actividad como indispensable para evitar fallas procedimentales que luego puedan comprometer las investigaciones judiciales o vulnerar garantías básicas, garantizando que el personal de calle cuente con directivas claras ante cada escenario que se presente.