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EL DIARIO digital
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La sentencia también tuvo en cuenta que incumplió una prohibición judicial de acercamiento y volvió a interceptar a la víctima en la vía pública.
La condena fue dictada la semana pasada por el juez de Control Gabriel Lauce Tedín, en el marco de un juicio abreviado acordado entre la fiscal Alejandra Moyano, la defensora oficial Silvia Annecchini y el propio imputado, quien reconoció los hechos.
El magistrado lo declaró autor de los delitos de amenazas simples, lesiones leves calificadas por la relación de pareja preexistente, desobediencia judicial y daño simple, todos en concurso real y en un contexto de violencia de género.
Los hechos
De acuerdo con la investigación, uno de los episodios ocurrió el 5 de mayo, cuando la pareja caminaba por calles de Santa Rosa rumbo a una iglesia. En ese trayecto, la mujer le manifestó que quería volver a vivir con sus padres. Según quedó acreditado, el acusado reaccionó con amenazas de muerte mientras la empujaba y le aplicaba un golpe de puño en un hombro.
En ese momento pasaron por el lugar los padres de la joven, quienes observaron la situación. Cuando la víctima intentó subir al vehículo de sus familiares, el agresor volvió a sujetarla violentamente del brazo para impedir que se fuera.
La investigación también reconstruyó otro ataque ocurrido el 2 de mayo en la vivienda donde convivían. Allí, el hombre la tomó con fuerza de ambos brazos, le tiró del cabello, le dio golpes de puño en los brazos y el pecho y luego la golpeó en la cabeza con una bota. La agresión cesó cuando intervino la madre del imputado.
Además, la Justicia dio por acreditado que entre enero y el 6 de mayo el hombre profirió reiteradas amenazas contra la mujer, diciéndole que la mataría y luego se quitaría la vida, y que la encontraría si decidía dejar la relación.
Las lesiones constatadas por el Servicio de Sanidad Policial incluyeron hematomas en ambos brazos, un hombro y el pecho, además de una escoriación en un codo.
Prohibición
La causa también incorporó un hecho ocurrido el 10 de junio, cuando el imputado ya tenía vigente una prohibición de acercamiento.
Según la sentencia, interceptó a la víctima mientras circulaba en bicicleta, le pidió insistentemente hablar con ella, le dio un golpe de puño en las costillas y le reiteró frases de contenido posesivo como: "Sos mía... vas a ser mi esposa y la mamá de mis hijos".
Luego la siguió durante varias cuadras, intentó obligarla a bajarse de la bicicleta, le quitó la mochila rompiendo ambas tiras y finalmente la abandonó unos metros más adelante.
Aunque la pena es de cumplimiento condicional, el juez impuso al condenado reglas de conducta durante dos años. Entre ellas deberá fijar domicilio, someterse al control de la Unidad de Abordaje, Orientación y Supervisión de Personas en Conflicto con la Ley Penal, mantener una prohibición absoluta de contacto y acercamiento a menos de 200 metros de la víctima y de su domicilio, y abstenerse de ejercer cualquier tipo de hostigamiento, incluso por medios tecnológicos o redes sociales.
Además, deberá realizar un tratamiento psicológico, pudiendo hacerlo en el dispositivo psico-socio-educativo destinado a varones que ejercieron violencia de género, dependiente de ese organismo provincial. El incumplimiento de estas condiciones podrá derivar en la revocación de la condicionalidad de la pena y el cumplimiento efectivo de la prisión.