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Condenaron a un padre en Pico por lesionar a dos de sus hijos

El fallo fue dictado por la jueza de audiencia de juicio de General Pico María José Gianinetto
El fallo fue dictado por la jueza de audiencia de juicio de General Pico, María José Gianinetto.
La investigación por los maltratos físicos se inició en febrero de 2024 tras una denuncia efectuada por los propios adolescentes.

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EL DIARIO digital

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General Pico (Agencia) - La jueza de audiencia de juicio de General Pico, María José Gianinetto, condenó a un hombre de 53 años que maltrató físicamente a dos de sus hijos, ambos adolescentes. El padre fue considerado autor material y penalmente responsable de dos hechos de "lesiones leves agravadas por el vínculo" y sentenciado a la pena de ocho meses de prisión de ejecución condicional.

El juicio tuvo lugar el pasado 27 de mayo, con la coordinación unipersonal de la jueza Gianinetto, la participación del fiscal Guillermo Komarofky y el defensor oficial Guillermo Costantino.

La investigación se inició el 15 de febrero de 2024 luego de que los dos menores se presentaran en la Unidad Funcional de Género, Niñez y Adolescencia para denunciar agresiones sufridas en el ámbito familiar. La denuncia formal fue radicada posteriormente por la abuela materna.

Según la acusación fiscal, aquel día la madre de los jóvenes forcejeó con su hija para quitarle el teléfono celular. En ese contexto intervino el imputado, quien tomó del brazo a la joven y la llevó a la rastra hasta su habitación mientras continuaban las discusiones dentro de la vivienda.

Posteriormente se dirigió a la habitación de su hijo, quien se encontraba recostado sobre una cama, lo tomó de una pierna a la altura de la rodilla y se la torció, provocando que cayera al suelo.

Lesiones

Producto de esas acciones, la chica sufrió "excoriación lineal de 7 centímetros en cara externa de brazo derecho y otra de 10 centímetros en cara interna del mismo antebrazo", mientras que su hermano presentó "excoriación lineal eritematosa en antebrazo derecho, edema en rodilla derecha con hematoma en cara externa de la misma rodilla", según los certificados médicos incorporados al juicio.

Durante el debate declararon profesionales del Hospital Gobernador Centeno, integrantes de la Unidad Local de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes y especialistas de la Oficina de Atención a la Víctima y el Testigo, además de los propios adolescentes mediante Cámara Gesell.

El fiscal solicitó que se condenase al padre por "lesiones leves agravadas" a la pena de ocho meses de prisión de ejecución condicional y reglas de conducta por el término de dos años. La defensa pidió la absolución por el delito de "lesiones leves agravadas" y propuso que fuera condenado por "lesiones culposas", imponiéndose el mínimo de la multa prevista en dicha calificación.

Fallo

La magistrada consideró acreditado que el episodio denunciado no constituyó un hecho aislado, sino que se produjo en un contexto de violencia intrafamiliar que fue descripto por los menores y analizado por distintos organismos que intervinieron en el caso.

Señaló además que los equipos técnicos advirtieron dificultades de los progenitores para imponer límites a sus hijos sin recurrir a agresiones físicas, una dinámica que consideraron habitual dentro del hogar. También destacó que, luego de permanecer transitoriamente al cuidado de su abuela materna, los dos menores quisieron volver a la vivienda familiar y posteriormente manifestaron que no se habían registrado nuevos hechos de violencia física.

En los fundamentos del fallo, Gianinetto sostuvo que los relatos de los jóvenes fueron consistentes a lo largo de todo el proceso y encontraron respaldo en las lesiones constatadas por profesionales de la salud, en las entrevistas realizadas por los equipos técnicos y en las pericias psicológicas incorporadas al expediente.

La jueza también rechazó el planteo de la defensa. Al respecto, concluyó que la versión brindada por el acusado no resultó creíble y que de la prueba producida surgió la existencia de la intencionalidad requerida para la figura penal aplicada.

Entre las pruebas valoradas se incorporaron informes psicológicos que describieron situaciones de vulnerabilidad emocional en ambos adolescentes. En el caso de la joven, una pericia mencionó indicadores compatibles con un trastorno de estrés postraumático, además de antecedentes de violencia familiar y escolar.

Al momento de fijar la pena, Gianinetto tuvo en cuenta como atenuantes que el acusado carece de antecedentes condenatorios y que es una persona que sostiene económicamente a su familia. Como agravantes valoró el contexto de violencia en que ocurrieron los hechos y la afectación psicológica provocada en los adolescentes.

Entre las reglas de conducta requeridas por el fiscal, a las que la jueza hizo lugar, se ordenó que el condenado cumpla con un tratamiento psicológico orientado a eliminar las conductas violentas. Gianinetto ordenó dicha medida al considerar que "resultará de suma importancia para que pueda recapacitar y modificar su conducta con sus hijos y también los reparará en algo a ellos mismos, dado que era su objetivo desde el inicio del proceso".

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