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EL DIARIO digital
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Un hombre de 28 años fue condenado a tres años de prisión de ejecución condicional en Santa Rosa tras ser hallado culpable del delito de abuso sexual simple agravado, cometido contra la hija de su expareja, una niña de 10 años. El fallo fue dictado por el juez de control Carlos Matías Chapalcaz, quien homologó un acuerdo de juicio abreviado presentado por la fiscala María Micaela Succurro, del Ministerio Público Fiscal, con la conformidad del imputado y su defensa.
La causa penal se originó luego de que la menor rompiera el silencio dentro de su ámbito escolar y le relatara las agresiones a una de sus docentes. A partir de esa revelación, las autoridades del colegio activaron de inmediato el protocolo provincial de actuación para estos casos y radicaron la denuncia. Al respecto, la fiscala Succurro destacó el accionar de los educadores al señalar que "cuando el develamiento se da en la escuela, es de destacada importancia el accionar de las y los docentes", lo que en este caso puntual permitió que la Fiscalía dictara medidas urgentes de protección y excluyera al agresor del hogar familiar de forma inmediata.
Según quedó acreditado en el expediente judicial, los abusos ocurrieron entre los meses de marzo y abril de 2025 en una vivienda de la capital pampeana, aprovechando la convivencia. La investigación determinó que el condenado perpetró dos episodios de tocamientos sobre el pecho de la menor en momentos en que la madre de la víctima se encontraba realizando un viaje. La autoría y existencia del delito se sustentó mediante pericias técnicas, informes de la Oficina de Atención a la Víctima y el Testigo (OAVyT) y una declaración de la niña en Cámara Gesell. Los psicólogos forenses concluyeron que el relato de la menor presentaba una "estructura lógica y consistente", descartando cualquier indicio de fabulación o influencia externa.
Al tratarse de una pena de ejecución condicional (en suspenso), el magistrado le impuso al condenado una serie de reglas de conducta obligatorias que deberá cumplir estrictamente durante los próximos dos años. Entre las principales restricciones impuestas por el tribunal se encuentran la prohibición absoluta de acercamiento y de cualquier tipo de contacto con la víctima, además de la obligación de someterse a un tratamiento psicológico específico para este tipo de conductas.