La Pampa

Un año de cárcel efectiva para un hombre que atacó y amenazó de muerte a su expareja

El juez de Control de General Pico Diego Ambrogetti
El juez de Control de General Pico, Diego Ambrogetti.
El condenado, que ya contaba con antecedentes penales, fue declarado reincidente y deberá cumplir la pena de manera efectiva en un establecimiento carcelario.

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EL DIARIO digital

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General Pico (Agencia) - Un hombre de 26 años fue condenado a un año de prisión de cumplimiento efectivo y el pago de una multa de mil pesos por una serie de hechos de violencia de género contra su expareja, que incluyeron amenazas con arma de fuego, lesiones leves y tenencia ilegal de un arma. El fallo fue dictado por el juez de Control de la Segunda Circunscripción Judicial de La Pampa Diego Julio Ambrogetti.

Los hechos que motivaron la sentencia se encuadraron legalmente en las figuras de amenazas simples, amenazas agravadas por el uso de arma de fuego, lesiones leves agravadas por haber sido cometidas contra la persona con la que mantiene o mantuvo una relación de pareja, y tenencia simple de arma de fuego de uso civil sin la debida autorización legal, todos ellos en concurso real.

La resolución se adoptó en el marco de un acuerdo de juicio abreviado presentado por la fiscala Ana María Ballari y el defensor oficial Héctor Freigedo. El imputado, E.N.I., que ya cuenta con antecedentes penales, reconoció su culpabilidad y aceptó la calificación legal y la sanción propuesta. El procedimiento incluyó una audiencia de visu realizada vía Zoom el 23 de abril de 2026, donde el acusado confirmó haber sido asesorado y admitió su participación en los hechos.

Los hechos

Según los antecedentes del caso, los episodios de violencia comenzaron a manifestarse de forma sistemática a partir de abril de 2025, cuando la pareja retomó su relación. El imputado profirió amenazas de muerte contra a la mujer ante sus planteos de finalizar el vínculo, utilizando expresiones como: "Te voy a matar, te voy a meter un tiro, vos no podés estar con alguien".

El punto crítico ocurrió la noche del 7 de septiembre de ese año en un domicilio de la ciudad, cuando el acusado utilizó una carabina recortada calibre 22 para apuntar a la mujer mientras la insultaba y golpeaba mobiliario de la vivienda.

En el transcurso de la discusión, el hombre la atacó físicamente golpeándola con un canasto de residuos. Las lesiones fueron constatadas por el médico de guardia del Hospital Gobernador Centeno, quien certificó una contusión en el brazo izquierdo de la víctima.

Durante el registro del lugar, se secuestró el arma de fuego utilizada: una carabina recortada calibre 22LR, la cual el imputado poseía sin la autorización legal correspondiente.

Fallo

El juez Ambrogetti destacó que el plexo probatorio corroboró la confesión del imputado, permitiendo tener por acreditada su autoría. Asimismo, el magistrado mantuvo una entrevista telefónica con la damnificada el 28 de abril de 2026 para garantizar su consentimiento. La víctima manifestó estar informada sobre los alcances del juicio abreviado, prestó su conformidad con la pena impuesta y expresó su voluntad de que la causa no se extienda hacia un debate oral y público.

Al dictar el fallo, subrayó que el monto de la pena acordado por las partes actúa como un límite punitivo que no puede ser franqueado por el juzgador, de acuerdo con la normativa vigente y la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Dado que el hombre contaba con antecedentes condenatorios previos en el Registro Nacional de Reincidencia, la sentencia ratificó su condición de reincidente, lo que implica que el cumplimiento de la pena será de carácter efectivo.

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