La Pampa

El STJ anuló la reincorporación de un policía por irregularidades graves

José Sappa fue uno de los que firmó el fallo del STJ
José Sappa fue uno de los que firmó el fallo del STJ.
El Superior Tribunal de Justicia declaró nula la designación que había permitido el regreso de un agente a la Policía pampeana. Consideró que el acto fue dictado por una autoridad incompetente y sin cumplir requisitos legales esenciales.

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EL DIARIO digital

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El Superior Tribunal de Justicia de La Pampa resolvió declarar la nulidad absoluta de la reincorporación del agente policial Martín Miguel Larena, al considerar que el acto administrativo que dispuso su regreso a la fuerza fue emitido por una autoridad sin competencia y sin cumplir con los requisitos legales exigidos.

La decisión fue adoptada por la Sala C del máximo tribunal provincial, integrada por María Verónica Campo y José Roberto Sappa, en el marco de una demanda contencioso-administrativa impulsada por la Fiscalía de Estado. El conflicto se originó a partir de la Designación 1/23 "J", mediante la cual el Jefe de Policía había dispuesto la reincorporación del efectivo al servicio activo en enero de 2023, pese a que previamente el Poder Ejecutivo había aceptado su renuncia mediante decreto.

Falta de competencia

Uno de los puntos centrales del fallo fue la incompetencia del órgano que dictó el acto. El Tribunal remarcó que, una vez extinguida la relación laboral por decreto del gobernador, cualquier reincorporación debía realizarse mediante un acto de igual jerarquía.

En ese sentido, concluyó que el Jefe de Policía no tenía facultades para reincorporar al agente, ya que esa atribución corresponde exclusivamente al Poder Ejecutivo provincial.

Para los jueces, esta irregularidad configura un vicio grave en un elemento esencial del acto administrativo, lo que determina su nulidad absoluta.

Irregularidades en los requisitos

El STJ también detectó fallas en la "causa" del acto, es decir, en los fundamentos fácticos y legales que debían justificar la reincorporación.

Entre las principales irregularidades, se señaló que:

No estaba acreditada la existencia de una vacante autorizada.

No constaba la intervención del gobernador para habilitar el trámite.

No se cumplimentaron todos los requisitos exigidos para el reingreso a la fuerza.

El propio expediente administrativo reconocía errores en el procedimiento.

Además, el Tribunal consideró que el acto se basó en presupuestos inexistentes, ya que la relación laboral del agente ya había sido extinguida formalmente al momento de su reincorporación.

La defensa del agente había planteado que la acción estaba prescripta, al haber transcurrido más de dos años desde la designación.

Sin embargo, el STJ rechazó ese planteo al entender que se trataba de un caso de nulidad absoluta —y no relativa—, lo que vuelve imprescriptible la acción judicial.

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