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EL DIARIO digital
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La sentencia fue dictada por el juez de Control Carlos René Ordás, quien homologó un acuerdo de juicio abreviado alcanzado entre la Fiscalía, la defensa y la querella.
Según la investigación judicial, el hecho ocurrió el 2 de marzo de 2025 alrededor de las 0:20, cuando el acusado llegó al domicilio que compartía con la víctima en aparente estado de ebriedad y comenzó a insultarla con acusaciones de infidelidad.
De acuerdo con el fallo, el hombre tomó un cuchillo y comenzó a perseguir a la mujer dentro de la casa mientras intentaba apuñalarla, además de propinarle golpes de puño y amenazarla de muerte.
En medio del ataque, la víctima logró salir de la vivienda para pedir ayuda, pero el agresor continuó agrediéndola en el exterior. Durante el forcejeo le provocó un corte en uno de sus brazos.
La Justicia lo consideró autor de los delitos de lesiones leves y graves calificadas por la relación de pareja preexistente y amenazas con arma, enmarcados en un contexto de violencia de género según la Ley 26.485.
A partir del acuerdo de juicio abreviado, el tribunal impuso una pena de tres años de prisión condicional, lo que significa que el condenado no irá a prisión si cumple una serie de condiciones fijadas por la Justicia.
Durante dos años el condenado deberá cumplir diversas reglas de conducta, entre ellas: fijar domicilio y someterse a control judicial; no acercarse ni contactar a la víctima a menos de 200 metros; participar en un dispositivo de atención para varones que ejercieron violencia de género.
Ese programa, que depende de la Unidad de Abordaje y Supervisión de Personas en Conflicto con la Ley Penal, busca prevenir nuevos episodios de violencia y proteger a la víctima.