La Pampa

Sancionan a Martínez por usar fondos públicos para su defensa penal

El TCP formuló cargos por 600 mil pesos y aplicó una multa de más de 354 mil pesos al presidente de la Comisión de Fomento de Loventuel, Oscar Hugo Martínez, y a la tesorera Cecilia Figueroa.

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EL DIARIO digital

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El Tribunal de Cuentas de La Pampa formuló cargos por 600 mil pesos y aplicó una multa superior a 354 mil al presidente de la Comisión de Fomento de Loventuel, Oscar Hugo Martínez, y a la secretaria tesorera, Cecilia Figueroa, por irregularidades detectadas en la rendición de balances de julio de 2024. El organismo cuestionó el uso de fondos públicos para pagar la defensa personal de Martínez en una causa penal y también sancionó a ambos funcionarios por no presentar documentación obligatoria ante requerimientos formales.

Según la Sentencia Nº 2702/2025, publicada en el Boletín Oficial, el Tribunal determinó que la comuna abonó con recursos públicos una factura de 600.000 pesos correspondiente a honorarios del abogado Walter Damián Díaz, quien representó a Martínez en una investigación por abuso de autoridad. El organismo concluyó que "la Comisión de Fomento no puede asumir con fondos públicos los gastos derivados de un proceso penal individual", aun cuando el acusado ocupe un cargo público.

Honorarios pagados con fondos municipales

El gasto cuestionado surgió del comprobante de pago Nº 3286. Allí se acreditó el desembolso de 600 mil pesos a Díaz por "honorarios causa judicial", sin que existiera documentación que justificara una vinculación con la actividad comunal. Ante el pedido de explicaciones, Martínez respondió que la denuncia no se dirigió contra la comuna sino contra él en carácter personal.

La Sala II del Tribunal de Cuentas consideró insuficiente la justificación y resolvió formular el cargo económico tanto al presidente como a la tesorera, por haber autorizado el pago sin el debido respaldo.

Multa por falta de documentación obligatoria

El organismo también impuso una multa conjunta de 354.397 pesos a Martínez y Figueroa por no acompañar en tiempo y forma la documentación exigida en el análisis del comprobante Nº 3203, vinculado al programa "PP2 Viviendas Plan Mi Casa Cuatro". Entre los documentos requeridos figuraban la resolución del IPAV aprobando la transferencia de fondos, el convenio de ejecución, la propuesta de postulantes y las certificaciones técnicas previstas en la normativa vigente.

La Jefatura de la Sala II señaló que, pese a las reiteradas observaciones, los responsables no aportaron todos los elementos necesarios, motivo por el cual se aplicó la multa conforme la Resolución 17/2012 del organismo.

El Tribunal de Cuentas emplazó a los funcionarios a depositar el monto total de los cargos y la multa en el Banco de La Pampa dentro de los diez días posteriores a la notificación del fallo, o bien a presentar un recurso de revocatoria. Si no cumplen, se dará intervención a la Fiscalía de Estado según lo establece el artículo 33 de la ley de control.

Los antecedentes judiciales

Martínez acumula antecedentes judiciales que aún no se encuentran firmes. En febrero de 2025, el Tribunal de Impugnación Penal confirmó una condena por incumplimiento de los deberes de funcionario público, que incluía una multa de 5.000 pesos y dos meses de inhabilitación para ejercer cargos públicos.

Además, en diciembre de 2021 fue declarado autor de 140 hechos de peculado y uso de documento privado falso, por lo que recibió dos años de prisión en suspenso y la inhabilitación perpetua para ocupar cargos públicos.

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