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EL DIARIO digital
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El Superior Tribunal de Justicia de La Pampa (STJ) rechazó el recurso de casación presentado por la defensa de Jonathan Luna Bustos y dejó firme la condena a 7 años y 6 meses de prisión por abuso sexual con acceso carnal mediando violencia, lesiones leves calificadas en contexto de violencia de género y tenencia de arma de fuego de uso civil.
La Sala B del máximo tribunal provincial, integrada por los jueces Fabricio Losi y Hugo Díaz, declaró inadmisible el recurso interpuesto por el defensor oficial Juan José Hermúa, que cuestionaba la valoración de la prueba realizada por el Tribunal de Impugnación Penal (TIP) y la Audiencia de Juicio de la Primera Circunscripción.
Según quedó acreditado en el juicio, el 16 de octubre de 2023, entre las 22 y las 24 horas, Luna Bustos agredió sexualmente a una joven en una vivienda de Santa Rosa, valiéndose de la fuerza pese a la negativa de la víctima. Durante el episodio, el condenado la intimidó mostrando un arma de fuego y la golpeó con la culata en la cabeza, provocándole lesiones, hasta que la policía llegó al lugar.
El recurso de casación sostenía que el fallo era arbitrario, que existían contradicciones en el relato de la víctima y que no se había alcanzado el grado de certeza necesario para condenar. La defensa pidió la absolución de su asistido e invocó precedentes como el caso "Marotti", donde se había aplicado el principio de duda razonable.
La decisión del STJ
El Superior Tribunal consideró que los planteos de la defensa eran una "reedición" de los argumentos ya tratados por instancias anteriores y que no se verificaban errores en la valoración de la prueba. Señaló que el TIP explicó de manera razonada por qué las contradicciones de la víctima no invalidaban su testimonio y que la pericia psicológica había corroborado el contexto de vulnerabilidad.
Asimismo, los jueces recordaron que la casación no habilita a revisar nuevamente los hechos probados en juicio, sino sólo el control de legalidad del razonamiento judicial. En este sentido, concluyeron que la sentencia cumplió con los estándares de la sana crítica racional y respetó el derecho al "doble conforme".
Con esta resolución, la condena de 7 años y 6 meses de prisión contra Luna Bustos quedó firme y ejecutable.