La Pampa

La Justicia cerró la barrera sanitaria y al menos por 30 días no entrará asado con hueso

La Justicia respaldó un amparo presentado en Tierra del Fuego, contra la resolución N°460 del SENASA que flexibilizaba la barrera sanitaria. La decidió una jueza de esa provincia. La medida afecta a los frigoríficos pampeanos.

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EL DIARIO digital

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A partir de ayer se prohibió por 30 días el ingreso de carne con hueso a la Patagonia, al aceptar la jueza Mariel Borruto de Río Grande, Tierra del Fuego, un amparo presentado por la Asociación Rural de Tierra del Fuego, contra la resolución N°460 del SENASA que habilitó el ingreso de esos productos al sur del río Colorado en junio de este año. Para los ganaderos fueguinos, la medida atenta contra "un activo patrimonial y estratégico de alto valor económico".

Pero, por encima de esos argumentos, fueron determinante las cartas de los organismos sanitarios de Chile, que prohibieron el ingreso de carne producida en el país a su territorio, y el anuncio de la Unión Europea de iniciar una inspección, ante la nueva disposición, iniciar en el territorio para evaluar la situación sanitaria.

Una vez que recibió todas las respuestas del SENASA, y a pesar de que la fiscalía se manifestó en contra de aceptar el amparo, la jueza expresó que "esto no resulta ajustado a los hechos reales", lo cual equivale al argumento de las asociaciones rurales de la Patagonia, quienes al unísono aseguraron que desde el gobierno nacional es habían mentido, respecto de que no habría consecuencias.

En los argumentos de su resolución, el SENASA había expresado que "…oportunamente los organismos con competencia en la materia de la República de Chile y de la Unión Europea (UE) han tomado conocimiento y expresado su conformidad respecto de la actualización de las condiciones establecidas en la presente".

Lejos de expresar conformidad, estos estados pusieron en duda el status sanitario de la Patagonia, por eso la magistrada aseguró que hizo lugar al amparo para "evitar que se materialicen consecuencias sanitarias y económicas de difícil reversión".

Perjuicio irreparable

Y se plegó a los argumentos de los ruralista patagónicos al sostener que "el reconocimiento internacional de la Patagonia como zona libre de fiebre aftosa sin vacunación, constituye un activo estratégico para la economía nacional y regional, cuya pérdida o degradación, acarrearía un perjuicio irreparable no sólo a productores y trabajadores rurales, sino también a los consumidores, que verían comprometido su derecho a acceder a alimentos en condiciones de inocuidad y trazabilidad adecuadas".

Borruto se explayó en detalle sobre la situación de los campos de Tierra del Fuego, que consideró que no fue tenida en cuenta desde el gobierno nacional. Ocurre que los ganaderos fueguinos, llevan sus animales a faenar a frigoríficos de Santa Cruz, debiendo recorrer entre 300 y 600 kilómetros, y sortear dos controles sanitarios chilenos, atento que la balsa que usan para ingresar al continente es un servicio que se presta en aquel país.

Esta fue la base de dictar una resolución de efecto inmediato porque de lo contrario se daría el supuesto de "peligro en la demora", atento que la resolución N°460 "se encuentra actualmente produciendo un perjuicio grave". La gravedad está determinada por la Resolución N° 5952/2025 del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) de la República de Chile, "la cual dejó sin efecto la resolución por la que se reconocía el estatus sanitario de la región como zona libre de fiebre aftosa sin vacunación y suspendieron las importaciones desde Argentina, de todos los animales y productos de origen animal", se explica en el texto judicial.

 A la hora de defender su decisión, la jueza sostuvo que "la medida aquí dispuesta tendrá como finalidad garantizar el derecho de la sociedad fueguina al acceso a alimentos seguros y de calidad, como así también protege la actividad económica regional vinculada a la producción ganadera

La demanda fue impulsada el 29 de julio pasado mediante un escrito presentado por Lucila Apolinaire, como presidenta de la Asociación Rural de Tierra del Fuego, y asistida por el abogado José Luis Paños.

Al atacar los alcances de la resolución N°460 del SENASA, argumentaron que "compromete el status sanitario diferencial de la región, alcanzado tras décadas de inversión público-privada, sacrificios económicos de los productores y cumplimiento riguroso de protocolos de bioseguridad, constituyendo un activo patrimonial y estratégico de alto valor económico y ambiental".

En la presentación de Apolinaire, se asegura que la apertura de la barrera a la carne con hueso, "genera un riesgo sanitario grave e inmediato, con la posibilidad de pérdida automática del reconocimiento internacional, lo que implicaría el cierre de mercados externos, afectación de contratos en curso, caída de certificaciones internacionales, pérdida de empleos rurales y urbanos, disminución de precios percibidos por los productores y desvalorización del diferencial sanitario".

Con la fiscalía en contra

Una vez presentado el amparo, se giró el expediente a la fiscalía federal, para que evaluara si el juzgado federal de Tierra del Fuego era competente, si era factible la admisibilidad de la acción y la procedencia de la medida cautelar.

La fiscalía emitió el Dictamen nro. 69/25, donde concluyó que se debía declarar inadmisible la acción de amparo, debido a que "no se encontraban reunidos los requisitos de admisibilidad exigidos por la Ley 16.986, ni configurado el presupuesto de arbitrariedad o ilegalidad manifiesta".

El SENASA se defendió diciendo que la resolución "persigue fines de modernización y competitividad del sector pecuario nacional, contribuyendo a la inserción internacional de la producción argentina y a la equiparación con estándares regionales, sin vulnerar derechos constitucionales ni afectar la producción local". Aclaró en su contestación que "la Patagonia mantiene su estatus de zona libre de fiebre aftosa sin vacunación, y que la medida no implica riesgo de pérdida de dicha condición".

La decisión de Chile fue clave

Pero la jueza optó por otro camino, y defendió su postura advirtiendo que "la medida aquí dispuesta tendrá como finalidad garantizar el derecho de la sociedad fueguina al acceso a alimentos seguros y de calidad, como así también protege la actividad económica regional vinculada a la producción ganadera", y agregó que su resolución busca "evitar que se materialicen consecuencias sanitarias y económicas de difícil reversión", porque la resolución del SENASA "se encuentra actualmente produciendo un perjuicio grave",

Sin dudas, la decisión del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) de la República de Chile, de suspender las importaciones desde Argentina, de todos los animales y productos de origen animal, fue el argumento de más peso.

Y a eso se suma que, a la vista de esa decisión de Chile, el SENASA puede garantizar "de forma suficiente" que, ante la necesidad de los ganaderos de Tierra del Fuego de sacar sus ovejas para faena hacia Santa Cruz, "no se vea impedido el paso de los productos cárnicos por el territorio chileno".

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