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Un joven fue condenado por causar una muerte al conducir ebrio 

Condenaron a tres años de prisión en suspenso y seis de inhabilitación para conducir a un joven de Toay que, alcoholizado, provocó un choque en el que murió su acompañante.

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EL DIARIO digital

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El juez de audiencia de Santa Rosa, Daniel Sáez Zamora, condenó a David Alejandro José Palavecino, de 26 años, a tres años de prisión de ejecución condicional y seis años de inhabilitación para conducir por su responsabilidad en un siniestro vial ocurrido en mayo pasado en Toay, en el que falleció un joven. La sentencia encuadró el hecho como homicidio culposo agravado por la conducción imprudente, negligente y antirreglamentaria de un vehículo con motor, encontrándose bajo los efectos del alcohol.

El hecho se produjo el 11 de mayo de 2025, alrededor de las 5.40, en la intersección de las calles Roque Sáenz Peña y San Lorenzo. Palavecino conducía una motocicleta Mondial RD en sentido norte-sur, acompañado por Ezequiel Juárez, cuando, bajo los efectos del alcohol, perdió el control del rodado, derrapó y colisionó contra la rueda trasera del lado del conductor de un Volkswagen Gol Power que circulaba por San Lorenzo en sentido oeste-este.

El impacto fue violento y provocó que Juárez sufriera un traumatismo cráneoencefálico grave. Primero fue asistido en el Hospital de Toay y luego derivado al Hospital René Favaloro de Santa Rosa, donde murió al día siguiente por un paro cardiorrespiratorio derivado de la lesión neurológica.

Las pericias y pruebas incorporadas al expediente —actas de inspección ocular, croquis, fotografías, certificados médicos, alcohotest, informe de autopsia, historia clínica y testimonios— confirmaron que Palavecino manejaba con alcohol en sangre. También el conductor del auto dio positivo en el control de alcoholemia.

La causa se resolvió mediante un juicio abreviado. En la audiencia, el acusado reconoció su responsabilidad y aceptó la pena propuesta por la fiscal María C. Martini y su defensor particular, Benjamín Ortiz. El padre de la víctima fue escuchado y dio su conformidad al acuerdo.

Además de la prisión en suspenso y la inhabilitación, el fallo impuso reglas de conducta durante dos años: fijar domicilio y no ausentarse sin autorización judicial, someterse al control del Ente de Políticas Socializadoras para Personas en Conflicto con la Ley Penal y realizar un curso de reeducación vial.

El juez sostuvo que el imputado violó el deber de cuidado exigido por la Ley Nacional de Tránsito, y que su estado de ebriedad y la forma imprudente de conducir fueron determinantes para el desenlace fatal. También remarcó que la pena acordada se ajusta a los límites legales previstos para el delito.

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