Escuchá esta nota
EL DIARIO digital
minutos
General Pico (Agencia) Ante el revés judicial por el cobro de servicios municipales a través de la factura de luz de Corpico, la intendenta Fernanda Alonso modificará la Ordenanza Fiscal y Tarifaria para recaudar por otra vía. Sobre un total de cinco servicios que cobra la cooperativa local, dos son los que la Municipalidad no podría seguir percibiendo a través de la entidad solidaria, lo que implica un golpe a la recaudación.
La Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca revocó la medida cautelar que le habían otorgado al municipio de General Pico y luego, en los mismos términos, lo hizo con la Federación Pampeana de Cooperativas (FePamCo), para dejar vigente la Resolución 267/24 de la Secretaría de Industria y Comercio del Ministerio de Economía de la Nación, que prohíbe el cobro de impuestos y tasas de servicios que las cooperativas no prestan.
En el caso local, Corpico recauda para la Municipalidad los servicios de agua potable, cloacas, alumbrado público y los de Emergencias Terrestre y Aérea. Los tres primeros servicios son prestados -a través de una concesión- efectivamente por la cooperativa, por lo que no habría inconveniente para que los continúe facturando, pero no podría cobrar por las prestaciones que brindan el Servicio de Emergencias Médicas (SEM) y el avión ambulancia.
Para salvar esa situación, que de no prosperar en la Justicia Federal representaría una baja importante en recaudación para la Municipalidad, Alonso envió al Concejo Deliberante un proyecto para recaudar los dos servicios de urgencias sanitarias por otras vías.
De la solución de fondo por parte de la Justicia Federal dependen 32 cooperativas de la provincia y algunos municipios se verían mucho más afectados que el de Pico. Tal es el caso de Winifreda, donde la Cooperativa Eléctrica de esa localidad recauda a través de su factura de luz el total de los servicios municipales.
Resolución
En diálogo con El Diario, la intendenta Alonso comentó que "el fallo a nosotros nos niega la posibilidad de seguir facturando a través de Corpico los servicios de Terrestre de Emergencias Médicas (SEM) y Aéreo de Emergencias Médicas (avión ambulancia), que venían cobrándose de esta manera por autorización del Concejo Deliberante".
Y aclaró que a "los otros servicios la cooperativa Corpico los presta mediante concesión, y si los presta, los puede cobrar. Lo que Nación pretende eliminar es todo aquello que se integre a la factura y no sea un servicio que se preste, y Corpico presta los servicios de agua potable, alumbrado público y cloacas, por lo que los puede cobrar".
La jefa comunal indicó en esa línea que "de estos dos servicios que no podría facturar a través de Corpico, que la Municipalidad hoy recauda alrededor del 100% porque la gente paga la factura de luz y por ende todos los servicios incluidos en ella, si pasaran a la boleta de tasas municipales pasaríamos a recaudar alrededor del 60%, que es el porcentaje aproximado de recaudación en tasas".
Demanda
Por otra parte, Alonso recordó que "la Municipalidad de Pico actuó en primer lugar, en segunda instancia lo hizo la FePamCo. Fuimos los primeros que presentamos la demanda judicial en los Tribunales de Pico, la Justicia Civil nos respondió que se tenía que dirimir en el ámbito federal y fuimos entonces a la Justicia Federal, donde nos concedieron la cautelar. Después, la Cámara Federal de Apelaciones nos rechazó la cautelar, pero no resolvió la cuestión de fondo".
Y acotó que en el recorrido judicial "se unificaron las causas de la Municipalidad y la que FePamCo presentó con Provincia después que nosotros, en representación de todas las cooperativas de la provincia".
De cara al revés judicial, el Ejecutivo Municipal comunicó a los concejales y envió al Legislativo local un proyecto de ordenanza, del cual la mandataria explicó que "modifica el artículo 325 de la Ordenanza Fiscal y Tarifaria, que le daría la facultad a la Municipalidad de facturar estos dos servicios, que hoy factura Corpico, a través de otros mecanismos, como puede ser la boleta de tasas municipales".
Se trata de la modificación de una o dos palabras de la ordenanza vigente, para que la misma deje de ser taxativa en cuando a la función de facturar por parte de Corpico, y dejarle abierto al municipio instrumentar ese cobro a través de otros canales.