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EL DIARIO digital
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La justicia pampeana dio un nuevo paso a favor de los ahorristas de planes de autos: la Sala A del Superior Tribunal de Justicia (STJ) confirmó un fallo que ordena recalcular las cuotas abonadas entre abril de 2018 y marzo de 2024, y obliga a las empresas automotrices a adecuar los valores a la inflación oficial medida por el INDEC. La sentencia, que aún podría ser apelada ante la Corte Suprema, ya empieza a traducirse en devoluciones de dinero por parte de las compañías.
Franco Catalani, abogado patrocinante de la demanda colectiva, detalló que la causa obtuvo ya dos fallos favorables: "Tuvimos un fallo de primera instancia hace más de un año; después todas las empresas, excepto una (Interplan), impugnaron ante la Cámara. La Cámara confirmó el fallo, y ahora el STJ rechazó la impugnación. Es decir, tenemos tres decisiones en el mismo sentido".
Aunque la sentencia aún no está firme porque podría ser apelada ante la Corte Suprema mediante un recurso extraordinario federal, Catalani explicó que ese paso es difícil: "Si el STJ lo rechaza por inadmisible cosa probable el fallo queda firme y puede ejecutarse de forma compulsiva".
La demanda colectiva, que fue impulsada inicialmente por los exdiputados Espartaco Marín, Eduardo Tindiglia y Luis Solana, tiene un alcance amplio: beneficia a todas las personas que contrataron planes de ahorro para vehículos cero kilómetro entre abril de 2018 y marzo de 2024, siempre que tengan domicilio en La Pampa. "Se hayan presentado o no en el juicio, todas están comprendidas", remarcó Catalani en declaraciones a Cpetv.
En concreto, el reclamo se centra en la forma en que las administradoras aumentaban las cuotas "de forma arbitraria", según denunció el abogado. "Nosotros pedimos que esos aumentos se hicieran de acuerdo al IPC (Índice de Precios al Consumidor). El fallo así lo dispuso, y ordenó el recálculo", explicó.
Además, ya hay empresas que están afrontando las devoluciones. "En su gran mayoría tienen que devolver dinero", indicó Catalani. "En los casos en que no hay medida cautelar previa, el proceso es más complejo, porque requiere peritajes y planillas, pero estamos viendo saldos a favor de los ahorristas que van desde 500 mil hasta 5 millones de pesos".
El fallo original fue dictado en marzo del año pasado por la jueza Adriana Pascual, quien sostuvo que las cuotas tuvieron "aumentos excesivos" que superaron a la inflación, al salario y al dólar oficial. Por ello declaró nula parcialmente la cláusula que fija el precio de los contratos, y ordenó el ajuste por IPC.
El reciente fallo del STJ, firmado por los jueces José Sappa y Verónica Campo, también apuntó a proteger a los consumidores: "Se advierte una razonable y fundada solución en clave constitucional con la mirada puesta en la efectiva protección de los derechos de acceso a la justicia, de propiedad y de igualdad de la parte más débil de la relación", sostuvieron.
Mientras tanto, desde el entorno legal de los amparistas alientan a los y las pampeanas alcanzadas por la medida a sumarse al reclamo. "Todavía hay tiempo para presentarse y pedir la reliquidación", afirmó Catalani.