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Abusos en 25 de Mayo: la Corte dejó firme la condena contra Tatavitto

El Diario pudo saber, en forma exclusiva, que el máximo organismo judicial del país le rechazó todos los recursos que presentó. Tendrá que cumplir una pena de 12 años de prisión.

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EL DIARIO digital

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La Corte Suprema de Justicia de la Nación confirmó este martes la condena a 12 años de prisión contra el docente Marcelo Tatavitto por los abusos en el jardín de 25 de Mayo.

De acuerdo a lo que pudo saber El Diario, en forma exclusiva el máximo organismo judicial del país le rechazó todos los recursos que presentó.

La sentencia tiene las firmas de los jueces Horacio Rosatti, Juan Carlos Maqueda, Carlos Rosenkratz y Ricardo Lorenzetti. "El recurso extraordinario, cuya denegación originó esta queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)", definieron.

Luego de haber estado preso, Tatavitto fue liberado el pasado 21 de octubre de 2021. Originalmente, luego del escándalo, había fijado domicilio en Santa Rosa. Ahora, lo tiene en Catriel, Río Negro, donde vive y trabaja su esposa.

Tatavitto estaba preso en la comisaría de Winifreda. Cuando fue liberado, el Superior Tribunal de Justicia de la provincia dio curso a un habeas corpus del abogado defensor, Omar Gebruers. El STJ había considerado la extensión de la prisión preventiva era "abusiva".

Previamente, el tribunal de audiencia integrado por Flavia Ongaro, Raúl Miguez Martín y María Florencia había resuelto extender su prisión preventiva. Como se habían terminado todas las instancias de apelación en la provincia, se consideró que el riesgo de fuga era real. El docente ya había estado dos años y siete meses en prisión preventiva durante la primera parte de la investigación.

Abusos ultrajantes

El pasado 30 de julio de 2021, el Superior Tribunal de Justicia declaró inadmisible el recurso de casación presentado por Marcelo Tattavito Roade y, de ese modo, le confirmó la condena a 12 años de prisión como autor de los delitos de abuso sexual gravemente ultrajante, agravado, por haber provocado un grave daño en la salud mental de la víctima, y abuso sexual gravemente ultrajante. Los hechos concursaron en forma real y fueron cometidos en perjuicio de dos alumnos del Jardín de Infantes N° 12 de 25 de Mayo.

Los abusos fueron cometidos entre marzo y abril de 2015 en el baño de la Oficina de Coordinación –donde Tatavitto prestaba servicios– de la Escuela Especial 10, que funcionaba en el mismo edificio que el JIN. Los defensores particulares del acusado, Omar Gebruers y Alejandra Lezcano López, presentaron un recurso extraordinario solicitando la absolución de Tattavito por insubsistencia de la acción penal; es decir porque no se llegó a una sentencia firme en un plazo razonable. Ese mismo planteo  le fue denegado por la propia Sala B del STJ el 15 de septiembre de 2020.

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