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Un hombre va a prisión por golpear y amenazar a su pareja

La condena fue dictada por el Juez Ralli. En el expediente se informó que de acuerdo a los informes del Registro Nacional de Reincidencia el imputado "registra antecedentes penales computables que impidan la aplicación de una pena de ejecución condiciona con ,la última sanción impuesta el 24 de febrero de 2023".

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EL DIARIO digital

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El juez de Control Daniel Ralli condenó a un hombre a seis meses de prisión de efectivo cumplimiento por golpear y  amenazar a su pareja. La condena fue producto del acuerdo de juicio abreviado al que arribaron el fiscal, Walter Martos, el defensor oficial, Juan José Hermúa y el imputado. 

En la causa quedó probado que "el día 2 de diciembre de 2023, en inmediaciones de su domicilio en Santa Rosa, (...) agredió a (...), con quien mantenía una relación de pareja, mediante golpes de puños, mordeduras en su pecho y patadas en sus piernas, provocándole lesiones". "Asimismo, el día 10 de enero de 2024 a la hora 08:00 aproximadamente, (...) se presentó en el domicilio de (...), sito en calle (...) de Santa Rosa, y comenzó a arrojar piedras hacia la vivienda, no ocasionando daños, retirándose antes del arribo de la policía. Finalmente, en horas de la tarde del mismo día, el sindicado le escribió vía Facebook a (...) la madre de (...) "Te la voy a matar a tu hija, la vas a tener que ver en el velorio", "La prendo fuego viva esto te gusta más", seguido de insultos", detalló el fallo.

En el expediente se informó que de acuerdo a los informes del Registro Nacional de Reincidencia el imputado "registra antecedentes penales computables que impidan la aplicación de una pena de ejecución condicional, la última sanción fue la impuesta en causa 137.773, en fecha 24 de febrero de 2023, mediante sentencia nro. 19/23, que lo condenó a la pena de seis meses de prisión de efectivo cumplimiento la que agotó el día 1 de julio de 2023". 

Por el hecho, el juez Ralli condenó al hombre  "como autor material y penalmente responsable de los delitos de Lesiones leves agravadas por la relación de pareja y Amenazas simples en concurso real entre sí, a la pena de seis meses de prisión de efectivo cumplimiento, sin costas".

Además, pusieron "en conocimiento de la Juez de Ejecución las manifestaciones de la víctima respecto de que desea ser informada acerca de los planteos en los que se pueda decidir la incorporación del condenado a: a) salidas transitorias, b) régimen de semilibertad, c) libertad condicional, d) prisión domiciliaria, e) prisión discontínua o semidetención, f) libertad asistida, g) régimen preparatorio para su liberación".

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