La Pampa

Condenaron a un motociclista que mató a peatón en la Circunvalación

Cariman Palma al mando de una moto atropelló a un peatón en el cruce semaforizado de Circunvalación y Autonomista. La víctima, Oscar Alfredo Conrad, falleció por las heridas sufridas.  

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EL DIARIO digital

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El juez Daniel Ralli condenó a dos años de prisión en suspenso y 5 de inhabilitación para conducir a un joven de 23 años que con su moto mató a un peatón en el cruce de la Avenida Circunvalación y calle Autonomista de Santa Rosa. La condena fue producto de un acuerdo de juicio abreviado al que arribaron el fiscal Oscar Cazenave y la defensora Mariel Annecchini y el imputado Pablo Ezequeil Cariman Palma.  

El siniestro vial ocurrió el pasado 28 de agosto a las 17.15 horas. Según quedó probado, Cariman Palma circulaba con su moto Honda Titán por la Avenida Circunvalación con sentido oeste a este, al atravesar la intersección semaforizada con calle Autonomista, "sin respetar el deber de cuidado que la situación requería, y a exceso de velocidad, lo que provocó que colisionara a Oscar Alfredo Konrad, quien cruzaba caminando por la senda peatonal, como consecuencia de las lesiones sufridas Konrad falleció el día 29 de agosto de 2023 a la hora 15.45".

Además de que Cariman Palma admitió el hecho, el juez mencionó "el Informe accidentológico, firmado por el Comisario Mauro S. Rossi, Técnico Superior en Criminalística, del que surge que la velocidad desarrollada por el rodado conducido por Cariman Palma al momento del siniestro era entre 72 y 78 km/h". También dos testigos del siniestro que estaban con sus autos detenidos en el semáforo de la Circunvalación. 

El juez condenó a Pablo Ezequiel Cariman Palma como autor material y penalmente responsable del delito de Homicidio culposo por la conducción imprudente, negligente y antirreglamentaria de vehículo con motor (artículos: 84 bis del código penal; y, 39 inc. "b", 44 inc. "e", 48 inc. "j", 50 y 51 inc. "a" punto 2, todos de la Ley de Tránsito Nacional 24.449), a la pena de dos años de prisión de ejecución condicional y cinco años de inhabilitación especial para conducir todo tipo de vehículo con motor, sin costas (artículos 26; 40; 41; y 27 bis, segundo supuesto; todos del Código Penal; y, 369 y 445, del Código Procesal Penal)".

Además, le impuso por el término de dos años, como reglas de conducta (artículo 27 bis, del Código Penal): a) La obligación de fijar domicilio y someterse al cuidado de la Unidad de Abordaje, Supervisión y Orientación para Personas en Conflicto con la Ley Penal dependiente del Ministerio de Gobierno, Justicia y Seguridad, de la provincia de La Pampa, con la frecuencia que esta determine; y, b) Asimismo, deberá realizar un curso de rehabilitación para infractores viales.

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