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Liberaron a la mujer acusada de abusar de un menor en Realicó

Había sido condenada a 8 años de prisión, pero su defensor apeló la pena y argumentó que fue una relación consentida porque el menor tuvo una erección. El TIP ratificó el fallo, pero el STJ lo revocó y ordenó un nuevo juicio.

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Una mujer de Realicó fue condenada en los Tribunales de General Pico, durante noviembre de 2022, a la pena de seis años de prisión por el delito de "abuso sexual con acceso carnal" contra un menor de 14 años. El defensor oficial de la mujer, Guillermo Constantino, apeló el fallo, pero fue rechazado por el Tribunal de Impugnación Penal. Ante una nueva apelación, el Superior de Tribunal de Justicia revocó el fallo y ordenó hacer uno nuevo, con otros jueces. La mujer fue liberada a la espera de las nuevas audiencias. 

El hecho se produjo en junio de 2021, en una casa del barrio San Carlos, en Realicó. Una mujer de 37 años organizó un encuentro con algunos vecinos, entre ellos, un adolescente de 14 años y su mamá. Ya en la madrugada del sábado, cuando la madre del menor ya no está, el chico le pidió un cigarrillo a la dueña de casa y ella le propuso fumarlo juntos en el patio.

Después de fumar, la mujer llevó al adolescente a una habitación en la parte trasera de la vivienda, donde le practicó sexo oral a pesar de la negativa del menor. Según reconstruyó la investigación, mientras el joven le exige que lo suelte, la mujer lo toma de ambos brazos y consigue que la penetre vaginalmente. 

Una llamada de la madre al celular del menor le permitió salir de la situación y escapar hacia su casa.

El adolescente ocultó lo que habría ocurrido por varios días. Pero en ese período la madre "observó conductas extrañas en el chico, se negaba a comer aduciendo estar descompuesto, se lo veía callado, pero nunca contó nada y yo jamás me hubiera imaginado algo así, no me cabe en la cabeza", según consignó la mujer en la denuncia.

Recién un mes después del supuesto hecho, la madre se enteró cuando el joven le relató lo sucedido. El adolescente lo habló con una hermana mayor, y ésta le recomendó contarlo a la progenitora.

Luego de un tiempo y ver que las cosas se ponían cada vez peor para el adolescente, la madre decidió hacer la denuncia policial correspondiente. Esa presentación se hizo el 14 de octubre, la cual fue pasada de inmediato a la Fiscalía Temática de Delitos que Impliquen Violencia Familiar y de Género a cargo de la doctora Ivana Hernández.

En noviembre de 2022, en los tribunales de General Pico, el juez Marcelo Pagano dio por probado que no hubo "consentimiento" en el encuentro entre la mujer y el chico y condenó a la acusada a seis años de prisión por el delito de "abuso sexual con acceso carnal".

Apelaciones

Guillermo Constantino, el defensor oficial de la acusada, apeló el fallo y sostuvo que hubo "consentimiento", bajo el argumento que, para que hubiera penetración, el adolescente debió estar "excitado" y con una "erección". Además, señaló que no correspondía agravar la pena con la figura de "acceso carnal", porque la mujer "no puede ser sujeto activo de ese delito", y que, más que "acceder", ella fue la "accedida".

En marzo de este año, como respuesta a la apelación, el juez Gabriel Lauce Tedín, del Tribunal de Impugnación Penal (TIP) mantuvo la calificación del delito y la pena impuesta en primera instancia. 

A su vez, el otro miembro del TIP; Filinto Rebechi, coincidió con su colega en que la mujer había abusado sexualmente del menor, pero, con el mismo argumento que planteó la defensa, no lo había hecho con "acceso carnal". Por lo tanto, señaló que la pena debía ser reducida a tres años de prisión en suspenso.

Finalmente, el presidente del Tribunal, Pablo Balaguer, opinó igual que Lauce Tedín y ratificó la condena de primera instancia. La mujer quedó detenida en la alcaidía de General Pico.

La acusada presentó una nueva apelación y, además, pidió el beneficio de la "prisión domiciliaria", que le fue otorgada. 

A fines de septiembre pasado, la Sala B del Superior Tribunal de Justicia consideró que el juez Lauce Tedín no había fundamentado, "debidamente", para sostener el "abuso sexual con acceso carnal", anuló el fallo y ordenó que el expediente regresara al Tribunal de Impugnación Penal para que éste, con otros jueces, vuelva a dictaminar en la causa. Mientras tanto, la mujer fue liberada.

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