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EL DIARIO digital
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La Cámara de Apelaciones de Santa Rosa emitió un nuevo fallo en favor de los ahorristas con planes para la adquisición de automotores. En este caso, se trató de una persona incluida en el amparo colectivo, que se lleva adelante en el Juzgado Civil 5 de Santa Rosa, cuyo crédito estaba prendado con la unidad que adquiría por dicho plan.
Aún en esas condiciones, la empresa demandó en el Juzgado de Concursos y Quiebras la ejecución de la prenda y obtuvo un embargo ejecutivo sobre los ingresos del ahorrista. Al momento de responder la demanda, esta persona interpuso una defensa de "litis pendencia" por la cual se oponía a la ejecución, aludiendo que se estaba tramitando el amparo colectivo en otro juzgado que aún no tenía sentencia definitiva, razón por la cual, no le podían ejecutar la prenda.
El Juzgado de Ejecución resolvió en favor del comprador pero la empresa apeló la sentencia. Luego, la Cámara de Apelaciones ratificó el fallo de primera instancia a favor del ahorrista, afirmando que no correspondía ejecutar la prenda hasta tanto no se resolviera el amparo colectivo. En consecuencia, el ahorrista podrá recuperar todos los montos que le fueron retenidos de su salario por el embargo ejecutivo antes planteado, explicaron desde el estudio Catalani, que llevó adelante la defensa del ahorrista.
Amparo colectivo
En 2018 miles de pampeanos habían empezado a pagar los planes de ahorro pero los montos se incrementaron irrazonablemente, ya que el dólar había subido un 60 por ciento en un año pero las cuotas se elevaron hasta el 600 por ciento. En ese contexto, se inició una acción civil colectiva integrada por más de mil ahorristas de La Pampa.
El abogado patrocinante Franco Catalani explicó por qué se interpuso la acción: "cuando en abril del 2018 se disparó el dólar, las cuotas de los planes subieron enormemente sin un criterio razonable, por lo que muchos de los damnificados realizaron una demanda colectiva para frenar la inflación excesiva en sus pagos. Las empresas mediante la manipulación de distintos rubros de la liquidación mensual, el más importante de los cuales es el valor móvil del automotor, habían aumentado unilateral y arbitrariamente el monto de las cuotas. Se trata de acciones vedadas por la ley civil y específicamente por la de defensa del consumidor. En ese contexto, se realiza la demanda y se solicita a la Justicia que establezca una medida cautelar y retrotraiga el valor de la cuota a abril del 2018".
Posteriormente a esta fecha se siguen presentando más ahorristas a la demanda colectiva, a los que el valor de la cuota se les retrotrae al del primer abono. En total son más de 1.200 los compradores protegidos por este Proceso Judicial.
Si bien algunas de las empresas quisieron incumplir con la disposición de la Justicia, liquidando la cuota sin aplicación de la medida cautelar, e incluso intimando a pagar extrajudicialmente, la jueza a cargo del caso les impuso las sanciones correspondientes.