La Pampa

Boxeador condenado por abuso sexual peleará por un título

''

Se trata de Martín “El Terrible” Ríos, quien recibió una pena de ocho años de prisión. El pugilista está en libertad y tiene prohibido salir del país.

Escuchá esta nota

EL DIARIO digital

minutos

El juez de audiencia de General Pico, Carlos Federico Pellegrino, condenó ayer al boxeador Martín “el Terrible” Ríos a ocho años de prisión, como autor material del delito de abuso sexual con acceso carnal, en perjuicio de un familiar menor de edad.

El condenado, que también es árbitro de fútbol en la Liga Cultural, se encuentra en libertad hasta que el fallo quede firme. Le queda una instancia de apleación, que de confirmar el fallo haría que se ejecute la pena.

Como es un deportista profesional, el juez le prohibió la salida del país.

Ríos, oriundo de Parera y de 29 años de edad, peleará por el título latino del Consejo Mundial de Boxeo dentro de 10 días en Tucumán. El combate se hará en el Sheraton Tucumán Hotel y el pampeano enfrentará al boxeador local Facundo Nicolás Galovar.

El hecho.

Con las pruebas reunidas durante el juicio oral, el magistrado dio por probado que el victimario y la víctima, en ese momento de 14 años, fueron a buscar unos animales que estaban pastando en un campo. En esas circunstancias, y aprovechando una distracción del segundo, el imputado consumó la agresión a pesar de la resistencia y el pedido de auxilio del adolescente.

Luego, y bajo amenaza de que no contara nada, regresaron a la casa del acusado. Allí, la madre de este, luego de saber lo sucedido, bañó a la víctima y le dijo que no contara nada porque podría haber represalias contra su progenitora.

Durante los alegatos de clausura, la fiscala Ana Laura Ruffini requirió la misma sanción que impuso Pellegrino, y el querellante particular Mauro Fernández adhirió a esa solicitud; mientras que el defensor particular Gastón Gómez solicitó la absolución del agresor por el principio ‘in dubio pro reo’ y, subsidiariamente por la prescripción y/o la minoridad de su defendido cuando se produjo el abuso (18 años).

Pellegrino, al analizar los últimos dos planteos defensivos, expresó que si bien no pudo precisarse el día exacto del hecho, indicó que se acreditó que se produjo en diciembre de 2010 y, por lo tanto, el acusado ya era mayor de edad y plenamente imputable. Y también rechazó la prescripción, porque no transcurrió el plazo previsto por el Código Penal, ya que la denuncia fue radicada a fines de 2019.

Durante el debate, el condenado negó haber abusado sexualmente al denunciante, y hasta dijo que compartió festejos familiares con él durante estos años.

“Testimonio conmovedor”.

“Si bien estamos ante una investigación delictiva de contenido sexual, con las consabidas dificultades probatorias que caracteriza a ellas; tales como ocurrencia en la intimidad, sin presencia de testigos y sin posibilidades de obtención de pruebas directas (…), más los obstáculos probatorios que significan el paso del tiempo y la minoridad de edad del damnificado (…); el testimonio conmovedor de la víctima permitió obtener el convencimiento de la veracidad de su relato que, apoyado en otros indicios aportados en el mismo sentido, conformaron la certeza necesaria requerida para producir pronunciamiento condenatorio”, sostuvo Pellegrino en el fallo.

“Con la apoyatura determinante que produce la inmediatez, resultó posible observar una declaración sentida, cargada de recuerdos y sensaciones, detalles y descripción de interactuaciones, que permitieron concluir en la veracidad de lo narrado. A esa experiencia traumática que marcó la vida del damnificado (…), debemos sumarle indicios variados que vinieron a corroborar la existencia del hecho y su fecha de producción”, acotó.

También valoró sustancialmente “el gran aporte realizado por los profesionales de la salud que intervinieron en la asistencia de la víctima”.

Para fijar la pena, el magistrado tuvo en cuenta a favor del imputado, la falta de antecedentes y su juventud; y en contra, el daño de por vida causado al familiar. Finalmente, y hasta que la sentencia quede firme, Pellegrino aceptó el pedido de Ruffini de prohibirle la salida del país al acusado, ya que por su condición de deportista profesional podría tener acceso a viajar, y ello constituye un peligro de fuga.

También te puede interesar...