La Pampa

Dos condenados por violencia de género en Acha

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Uno recibió una pena de seis meses de prisión y el otro de nueve meses, ambas de ejecución condicional, aunque con la obligación de cumplir ciertas reglas de conducta durante dos años.

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EL DIARIO digital

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Dos hombres fueron condenados este viernes en los tribunales de General Acha por violencia de género, en el marco de la ley 26485 de Protección Integral a las Mujeres.

Uno recibió una pena de seis meses de prisión y el otro de nueve meses, ambas de ejecución condicional, aunque con la obligación de cumplir ciertas reglas de conducta durante dos años. Los dos legajos se tramitaron a través de juicios abreviados y las víctimas fueron sus respectivas parejas.

El juez de control, Diego Ariel Asin, condenó a seis meses en suspenso a Raúl Darío Rodríguez, de 44 años, por ser autor de los delitos de lesiones leves agravadas por el vínculo y amenazas simples, todo en concurso real entre sí.

Los hechos ocurrieron una madrugada de enero pasado, cuando el imputado llegó a la vivienda familiar, tomó del cuello a su pareja y le arrojó un colchón. La mujer llamó a su hijo para que la ayudara y Rodríguez manifestó: “La voy a cagar (sic) matando a tu mamá, cuando esté durmiendo”. La víctima se retiró del lugar, el agresor la alcanzó en la puerta y la golpeó en la mejilla derecha.

El magistrado dispuso, además, que el acusado deberá fijar residencia, someterse al cuidado del Ente de Políticas Socializadoras, abstenerse de concurrir al domicilio de la víctima y de entrar en contacto con ella y realizar un tratamiento médico o psicológico.

El abreviado fue convenido entre la fiscala Eugenia Paola Bolzán, la defensora oficial Nydia Beatriz Conde y el propio imputado. La damnificada, al ser informada por Asin de los alcances del acuerdo, también brindó su consentimiento.

Dos causas

Por otro lado, la jueza de control, Laura Alejandra Moscoso Mendieta condenó a Gastón Alfredo Marangel a nueve meses de prisión en suspenso por el delito daño simple y desobediencia judicial, en concurso real; y lesiones leves agravadas por el vínculo, en dos causas diferentes.

En este expediente, el acuerdo de juicio abreviado fue promovido conjuntamente por el fiscal Juan Bautista Méndez, la fiscala Eugenia Bolzan, la defensora oficial Nydia Beatriz Conde y el acusado, de 25 años. La víctima también dio su aprobación y pidió que se le mantuviera la prohibición de acercamiento y contacto. Por ello, las reglas de conductas fijadas por la magistrada terminaron siendo idénticas a las del legajo anterior.

¿Qué ocurrió? Marangel comenzó a discutir con su pareja –que era quien lo había denunciado–, tomó su celular y se retiró de la morada. Luego regresó, le propinó golpes en el rostro sin dejarle lesiones y le arrojó el celular desde la puerta de ingreso hacia su habitación. Esa agresión ocurrió mientras pesaba sobre el acusado una prohibición de acercamiento a menos de 300 metros de la víctima y de cese de actos de perturbación o intimidación, directos o indirectos, hacia ella.

El otro episodio sucedió cuando Marangel ingresó al domicilio de la damnificada, mientras ella dormía con sus hijos. Ella le pidió que se fuera, pero el imputado la arrojó sobre la cama, la tomó del cuello, le tiró de los pelos y la zamarreó.

La mujer pudo llevarlo hasta el comedor. Allí el atacante le sujetó de los brazos, la empujó hacia un despensero, le tiró el tender y, con una lata de cerveza en la mano, la sacudió para ensuciar el ambiente.

De acuerdo al Código Procesal Penal de La Pampa, los jueces no pueden imponer sanciones más graves que las requeridas por el Ministerio Público Fiscal.?

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