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EL DIARIO digital
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La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Pergamino confirmó la condena contra un médico y su aseguradora por una práctica ambulatoria realizada en 2019 sin el consentimiento informado del paciente. El tribunal ordenó el pago de más de $15 millones en concepto de incapacidad y gastos, y además elevó a $5 millones la indemnización por daño moral.
El caso se originó cuando un hombre consultó por intensos dolores en la zona ciática y fue sometido a una infiltración en un consultorio médico de Pergamino. Durante el procedimiento, el paciente sufrió una parálisis en el pie y parte de la pierna derecha. Con el correr del tiempo, las secuelas persistieron y se confirmó la existencia de una lesión neurológica grave, con consecuencias permanentes tanto físicas como emocionales.
En su fallo, los jueces remarcaron que no se probó que el paciente hubiera sido debidamente informado sobre los riesgos de la práctica ni que hubiera otorgado un consentimiento válido. Esa omisión, señalaron, vulneró el derecho del paciente a decidir sobre su propio cuerpo. Asimismo, la Cámara dio por acreditado el nexo causal directo entre la infiltración realizada y el daño neurológico sufrido.
Además de ratificar la responsabilidad profesional del médico, el tribunal dispuso que la aseguradora deberá responder dentro de los límites establecidos en la póliza vigente al momento del hecho. La resolución judicial volvió a poner el foco en la obligación legal de informar en la práctica médica y en el rol central del consentimiento informado como garantía básica para la protección de los derechos de los pacientes.