Escuchá esta nota
EL DIARIO digital
minutos
El oficialismo difundió el texto definitivo del proyecto que será enviado al Congreso. La iniciativa redefine reglas clave del régimen laboral y elimina la ultraactividad de los convenios.
El Gobierno nacional dio a conocer el texto final del proyecto de reforma laboral que será remitido al Congreso de la Nación en las próximas horas. La iniciativa, elaborada en el ámbito del Consejo de Mayo, propone una reconfiguración integral de las normas laborales vigentes, con modificaciones en vacaciones, organización del tiempo de trabajo, indemnizaciones, despidos, regímenes especiales y procedimientos judiciales.
El proyecto fue trabajado con la participación de funcionarios nacionales, legisladores, gobernadores, empresarios y representantes sindicales, aunque la mayoría de los delegados gremiales manifestó su rechazo a los cambios propuestos.
Vacaciones
La reforma mantiene el derecho a las vacaciones anuales pagas según la Ley de Contrato de Trabajo, pero habilita acuerdos individuales o colectivos para ampliar el período vacacional, respetando los mínimos legales. El empleador deberá otorgarlas entre el 1º de octubre y el 30 de abril del año siguiente y notificar por escrito con al menos treinta días de anticipación.
Como novedad, el fraccionamiento no podrá ser inferior a siete días corridos por tramo y deberá garantizarse, al menos una vez cada tres años, el goce de vacaciones durante el verano. Las vacaciones fuera del período normal solo serán posibles por causas justificadas y con autorización de la Autoridad de Aplicación.
Banco de horas
El texto incorpora el régimen de banco de horas, que permite compensar horas extraordinarias mediante jornadas más cortas o descansos posteriores. El sistema deberá acordarse por escrito, de forma voluntaria, y establecer mecanismos de control y registro.
Los convenios colectivos podrán fijar el cálculo de la jornada máxima por promedio, siempre que se respeten descansos mínimos de 12 horas entre jornadas y 35 horas semanales. El esquema no habilita superar el máximo semanal legal.
Indemnizaciones y despidos
El proyecto permite sustituir el sistema tradicional de indemnización por fondos o seguros sectoriales de cese laboral, financiados con aportes mensuales patronales. La base de cálculo incluirá salario básico, sumas habituales y antigüedad, pero excluirá pagos extraordinarios o gratificaciones no habituales.
La remuneración normal y habitual se define como la percibida al menos seis meses durante el último año. Se fijan topes: la base indemnizatoria no podrá superar tres veces el salario promedio del convenio aplicable, con un piso del 67% de ese valor.
En los despidos sin causa, la indemnización será de un mes de sueldo por cada año de servicio o fracción mayor a tres meses. Si la Justicia declara inválido un despido, el trabajador podrá optar entre la reincorporación o el cobro de la indemnización correspondiente.
El proyecto también establece servicios mínimos en conflictos colectivos: 75% en sectores críticos y 50% en actividades consideradas trascendentales, como salud, energía, transporte, educación, logística, bancos y comercio digital.
Remuneraciones y digitalización
La reforma redefine la composición salarial, que podrá incluir sumas fijas, variables y beneficios sociales. Se establece la digitalización obligatoria de recibos de sueldo, registros de asistencia y documentación laboral, con la misma validez que el soporte papel. También se regula la presentación digital de certificados médicos.
Enfermedad y ausencias
Los certificados médicos digitales tendrán plena validez legal. Se habilita un sistema centralizado de control médico para verificar diagnósticos. La reincorporación laboral requerirá alta médica definitiva y, en caso de reincorporación parcial, la remuneración será proporcional a la capacidad laboral recuperada.
Casas particulares y trabajo agrario
Para el régimen de casas particulares, el período de prueba se amplía a seis meses y los recibos de sueldo serán exclusivamente electrónicos. En el trabajo agrario se crea un contrato permanente continuo con un período de prueba de ocho meses, durante el cual cualquiera de las partes podrá extinguir la relación sin indemnización, con un preaviso de quince días.
Fondos de Asistencia Laboral
Se crean los Fondos de Asistencia Laboral (FAL), integrados por aportes patronales equivalentes al 3% de la remuneración computable, destinados a respaldar situaciones de despido en el sector privado.
Repartidores y plataformas
El proyecto establece un régimen específico para repartidores y mensajeros de plataformas digitales. Deberán registrarse ante ARCA, realizar aportes, contar con cobertura social y cumplir normas de tránsito. Se garantizan derechos como rechazar pedidos, conocer los motivos de bloqueos y percibir el 100% de las propinas.
Convenios colectivos y ultraactividad
Uno de los cambios centrales es la eliminación de la ultraactividad: vencido un convenio colectivo, sus cláusulas dejarán de regir salvo que exista un nuevo acuerdo o una prórroga expresa. Se prioriza la aplicación de convenios de menor ámbito sobre los de alcance general.
Además, se incorpora un Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral por un año, con reducciones de contribuciones patronales para nuevas contrataciones bajo condiciones específicas.
El proyecto será uno de los ejes del debate legislativo en sesiones extraordinarias y anticipa un escenario de fuerte discusión entre el oficialismo, la oposición y el movimiento sindical.