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La Justicia de Entre Ríos ordenó vacunar a un recién nacido ante negativa parental

La Justicia ordenó vacunar al recién nacido
La Justicia ordenó vacunar al recién nacido.
El caso, ocurrido en Gualeguaychú, es el tercero de este tipo en la ciudad en los últimos meses. Los padres se negaron a aplicar las dosis obligatorias alegando supuestos artículos pseudocientíficos, lo que obligó a una acción judicial de cumplimiento inmediato.

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EL DIARIO digital

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La Justicia de Entre Ríos debió actuar de urgencia para garantizar el derecho a la salud de un recién nacido en Gualeguaychú. Los padres del bebé, identificado como B., habían presentado una nota en el Hospital Centenario manifestando su rotunda negativa a que se le aplicaran las vacunas obligatorias (BCG y Hepatitis B), alegando convicciones basadas en supuestos artículos pseudocientíficos que no detallaron.

Ante la negativa de los progenitores, las autoridades sanitarias informaron de inmediato al CoPNAF (Consejo Provincial del Niño, Adolescente y la Familia). El organismo elevó el caso al Ministerio Público de la Defensa (MPD), que actúa en resguardo del "interés superior del niño".

Medida autosatisfactiva y cumplimiento inmediato

El incidente recayó en el defensor Pablo Pattini, quien priorizó el caso y realizó una presentación ante la magistrada Florencia Amore, titular del Juzgado Penal de Familia, Niños, Niñas y Adolescentes. Se solicitó una medida autosatisfactiva, un recurso judicial que permite tomar una decisión urgente, autónoma y de cumplimiento inmediato para evitar un perjuicio inminente y grave, sin necesidad de iniciar un proceso judicial completo.

La jueza Amore hizo lugar a la solicitud en cuestión de horas, ordenando a los padres del bebé que procedieran a vacunarlo. Los progenitores, tras pedir asesoramiento legal, decidieron allanarse de forma voluntaria al requerimiento judicial.

El defensor Pablo Pattini comentó que, si los padres se hubieran negado, la magistrada había dispuesto que las autoridades sanitarias vacunaran al chico de forma compulsiva, si fuera necesario. "Nadie quería que se llegase a una instancia de esta naturaleza. Por suerte, los padres aceptaron vacunar", declaró el funcionario judicial.

Precedentes y marco legal

Este no es un caso aislado en Gualeguaychú, ya que el MPD informó que existen al menos dos causas previas en la ciudad con circunstancias similares. En esos casos, la Justicia optó por convocar a audiencias, logrando convencer a los padres de la obligación de cumplir con el calendario de vacunación.

La intervención de la Defensoría se fundamenta en el principio de "interés superior del niño", consagrado en la Convención sobre los Derechos del Niño y con jerarquía constitucional, que establece que los derechos fundamentales del menor, como la salud, deben primar sobre las convicciones personales de los adultos, según lo dispuesto por la Ley N° 26.061 de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes.

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