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El fiscal Sancho y el juez Olié salvaron al empresario De Franco

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Prescribió la causa judicial. El debate se postergó en dos oportunidades por la pandemia. Con solo fijar la fecha, un día antes de que venciera el plazo, cualquiera de los dos funcionarios judiciales hubieran evitado la prescripción.

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EL DIARIO digital

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La que sigue es la crónica de una prescripción anunciada. Finalmente, tal como adelantó El Diario, a instancias del fiscal general Guillermo Sancho, el juez de Audiencia Andrés Olié decidió salvar al empresario bonaerense Antonio De Franco en la causa donde estaba acusado de ocupar el campo del puestero pampeano Simplicio Policarpo Albornoz.

simplicio albornoz puestero oeste la reforma 1

La maniobra judicial ya había sido alertada, en fuertes términos, por el abogado defensor del puestero Albornoz, el doctor José Bibiano Cedrún Gutiérrez.

El argumento central de la Justicia pampeana es que la pandemia de coronavirus no permitió la realización del juicio. Aprovechando esa situación, el abogado defensor pidió la prescripción y el fiscal estuvo de acuerdo. El juez Olié no hizo más que ponerle la firma a una decisión que ya estaba cantada de antemano.

El debate se postergó en dos oportunidades. Con solo fijar la fecha, un día antes de que venciera el plazo, cualquiera de los dos funcionarios judiciales involucrados hubieran evitado la prescripción.

De Franco supo elegir abogado. Lo defendió Luciano Oscar Sacco, hermano del fiscal Marcos Sacco, subalterno del fiscal general Sancho.

Este fue el segundo intento que realizó la defensa para buscar la prescripción de la causa. En 2017, la Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó ese planteo.

Ayer, ante una consulta de El Diario, el abogado Cedrún Gutiérrez confirmó que apeló la decisión del juez Olié ante el Tribunal de Impugnación Penal, y que ese órgano judicial ya le dio por aceptado el planteo.

De Franco estaba acusado de los delitos de “actos de turbación de la posesión y alteración de los límites respecto de la fracción de campo” del puestero Albornoz o intentar hacerlo a lo largo de los años con distintas maniobras.

El debate se iba a realizar el 8 de junio, pero se suspendió y se fijó audiencia para el 3 de agosto, pero nuevamente no se pudo realizar, en este caso, por la acordada del Superior Tribunal de Justicia obligada por la pandemia. Después de esto no se lo volvió a programar, motivo por el cual la defensa pidió la prescripción.

Dos artículos y una negativa

En su sentencia a favor del empresario De Franco, el juez Andrés Olié cita el “precedente Moldovan del Superior Tribunal de Justicia (sentencia del 2 de septiembre de 2016, legajo Nº 401/5)”, donde -en base al artículo 67 del Código Penal- dice que son solo cuatro “los actos procesales que interrumpen la prescripción”.

“A estos supuestos del artículo 67, debe agregarse el contemplado en el artículo 76 ter., relacionado al plazo que transcurra el acusado cumpliendo la suspensión de juicio a prueba”, añade.

“En conclusión -sostiene Olié- no puede reconocerse el efecto suspensivo que la querella pretende asignarle a la declaración de emergencia pública originada por la pandemia COVID-19, lo cual violaría el principio de legalidad en materia penal”.

200.000 hectáreas

Antonio De Franco está sospechado de apropiarse de unas 200.000 hectáreas en el oeste pampeano, entre ellas donde Simplicio Policarpo Albornoz residía desde hace décadas.

Desde la década del 90 se ha desalojado a una decena de familias en la zona de Limay Mahuida.

En esta causa contra Albornoz, puntualmente se le atribuyó a De Franco haber ejercido “actos de turbación de la posesión y alteración de los límites” respecto de la fracción de campo denominada Puesto Albornoz, ubicada dentro del Lote 6 Fracción D Sección XIX del departamento de Limay Mahuida, mediante la instalación de un alambrado de seis hilos a lo largo del sendero que le impidió a su poseedor tener ingreso a través del camino vecinal, como así se lo despojó de la aguada existente cercenándole el acceso de sus animales hasta ese lugar.

De Franco habría adquirido las tierras mediante un remate realizado por la Compañía Sudamericana de Financiación y en pleno conocimiento que estaba ocupado por Simplicio Albornoz, su esposa e hijo.

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