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Reclaman por los “carritos” de comida en predios privados

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El Frente Pampeano quiere que un proyecto que presentó en la pasada sesión quede rápidamente aprobado. Acusan a “algunas áreas municipales” de generar burocracia que impide la instalación de emprendimientos.

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EL DIARIO digital

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El bloque del Frente Pampeano en el Concejo de Santa Rosa pidió diligencia del Ejecutivo municipal para la habilitación de carritos de comida (“foodtracks”) en predios privados.

“Buscamos dar respuesta a los inconvenientes burocráticos en que se han visto acorralados varios emprendedores gastronómicos que invirtieron en la instalación de foodtrucks en predios privados”, señalaron los ediles y la edila de ese bloque opositor.

El FrePam presentó un proyecto de ordenanza que tuvo ingreso en la última sesión del Concejo Deliberante.

Piden su tratamiento en Comisión la próxima semana, “para su pronta aprobación en la última sesión del año 2020”.

“Esperamos poder contar con el acompañamiento de los demás bloques para así cristalizar en una ordenanza esta herramienta de apoyo a los emprendedores del rubro”, insistió el sector político.

Añadió que “si bien la actual Ordenanza que regula la actividad de los foodtrucks en nuestra ciudad faculta al intendente a habilitar su instalación en propiedades privadas (hay varios habilitados en la ciudad), desde algunas áreas municipales no están dispuestos a allanar el camino de estos emprendimientos gastronómicos”, acusa el FrePam.

En un espaldarazo a los carrigos gastronómicos, los considera “muy necesarios para que Santa Rosa cuente con una rica oferta de servicios de esparcimiento en espacios abiertos durante este verano tan atípico”.

La iniciativa propone en ese contexto la modificación del artículo Nº 10 de la Ordenanza Nº 5899/18, modificado por Ordenanza Nº 6019/2018.

Quería redactado de la siguiente manera:

“Artículo 10º: Los sitios habilitados para el establecimiento de Vehículos Gastronómicos y comercialización serán:

a) "Paseo de la mujer", ubicado en Avda. Pedro Luro entre calles México y Juan C. Neveu y Rotondas Ejército Argentino, Vehículos Gastronómicos menores a seis metros de largo.

b) "Parque Don Tomás", todo Vehículo Gastronómico encuadrado en la presente ordenanza.

c) Inmuebles privados, siempre que se encuentren ubicados sobre en corredores comerciales con usos permitidos para el desarrollo de la actividad, y se cuente con la autorización del propietario, usufructuario, y/o tenedor.

d) Toda otra ubicación que el Departamento Ejecutivo, como Autoridad de Aplicación considere pertinente”.

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