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Una docente acusada demostró que no había defraudado al estado

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En un juicio penal, una docente de Castex fue absuelta por el juez Daniel Saez Zamora de la imputación que la exponía a quedar fuera de la docencia de por vida. Sacó una licencia de atención de un familiar cuando estaba fuera del país, pero tenía una explicación.

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EL DIARIO digital

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Una maestra de Eduardo Castex demostró que no había defraudado al estado provincial con una licencia de atención de familiar que sacó en una fecha en la que estaba afuera del país. Había sido acusada penalmente y corría riesgo de no poder ejercer más las docencia si era condenada.

Sin embargo, el juez de audiencia Daniel Alfedo Saez Zamora, absolvió a Sonia Marina Sueldo el pasado 29 de junio. Desde hace varios años el celo del estado provincial llevó a varios docentes a los estrados judiciales. Algunos fueron condenados por haber presentado licencias "truchas" para viajar a Rusia al último mundial.

El gremio docente planteó quejas en su momento por la excesiva pena que prevé el delito de defraudación al estado que se aplica en estos casos. La pena mínima, de comprobarse el hecho, establece que quedan inhabilitados para ejercer cargos públicos de por vida, razón por la cual no pueden ejercer más la docencia.

En este caso, se comprobó que la acusación no tenía asidero y las licencias que había presentado la docente imputada tenían justificación.

Ataque y defensa

En el juicio, el fiscal Guillermo Sancho le imputó el delito de defraudación al estado y pidió dos años de prisión condicional y la inhabilitación para ejercer cargos públicos, tal cual como establece la normativa.

La docente viajó con su esposo a Miami entre el 17 y el 31 de mayo. Había presentado una licencia psicológica hasta el 28. Y sacó otra licencia, por atención familiar, entre el 29 y el 31.

Para el fiscal, el certificado que presentó por una descompostura de su esposo había sido un ardid para no sufrir un descuento en su sueldo por no asistir al trabajo. Planteó que si hubiera sacado licencia por razones particulares, le habrían descontado 6.357 pesos, el monto por el cual, alegó, defraudó al estado.

Por su parte, el defensor de la docente, José Mario Aguerrido, reconoció que ella había comprado los pasajes con anterioridad –lo que despertó las sospechas de la parte acusadora-, pero explicó que el matrimonio estaba en medio del tratamiento de una depresión surgida a partir de la pérdida de un hijo en un accidente laboral.

El abogado sostuvo que el marido sufrió una descompensación, con vómitos y diarreas, en la escala del viaje de regreso en Chile, un día antes de regresar al país, y cuando regresaron, fue atendido en el hospital de Castex, donde le extendieron un certificado. La docente pidió la licencia y presentó el certificado médico dentro de las 48 horas posteriores, tal cual establece la normativa.

“Requería atención personal de su esposo por eso solicitó la licencia por familiar, y es lo que había pasado realmente. No hay engaño, el certificado objetivó, acreditó, instrumentó la enfermedad”, resaltó el letrado.

Ardid descartado

En su resolución, el juez Sáez Zamora consideró veraz el testimonio de la docente que explicó que había comprado los pasajes cuando ya estaba en tratamiento sicológico y ante la recomendación de hacer actividades para despejarse. Dijo que le certificado de la enfermedad del esposo estuvo certificado por el hospital y avalado por el área de personal de Educación.

El juez valoró que el servicio médico oficial de Eduardo Castex, en ese momento tuvo en su poder el certificado, verificó la autenticidad del mismo y la efectiva dolencia del marido de la acusada y por ello, "el circuito administrativo dio por válida la licencia de atención familiar y justificó la inasistencia. En definitiva, y frente a este cuadro probatorio, debo tener por veraz los dichos de la acusada al momento de prestar declaración".

“Descarto como medio típico el ardid ya que no encuentro en el caso que la acusada haya utilizado un artificio en forma hábil y mañosamente para el logro de alguna cosa”, señaló el juez.

“No mintió sobre el estado de salud de su marido. El certificado médico constató un hecho real que también fue aceptado como cierto por los controles oficiales de la administración respectiva. De este modo debo descartar la existencia de un engaño por parte de la acusada Evidentemente si no hubo engaño, tampoco el sujeto pasivo -en este caso la Administración Pública- no incurrió en un error. De este modo, quebrada esa primera conexión causal, debo descartar como típicamente relevante la disposición patrimonial y el perjuicio", argumentó.

"En el presente caso, hubo una disposición patrimonial, ya que la Administración Pública liquidó los días no trabajados por la acusada, pero se encontraban legalmente justificados, en función de una licencia médica que fue debidamente controlada y verificada por el servicio médico oficial”, concluyó.

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