El bloque de concejales del Frepam pidió que la secretaría de Hacienda informe porqué no entró un peso por las tasas aplicadas a las antenas de las empresas de celulares. Y pregunta cuánto ingresó por las multas aplicadas a la instalación irregular de antenas.
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EL DIARIO digital
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El pasado jueves 17 de septiembre el Ejeuctivo municipal santarroseño informó que la recaudación por las mencionadas tasas hasta julio 2020 “es de cero pesos ($ 0) siendo que el Departamento Ejecutivo proyectó recaudar 12 millones anuales", señaló el bloque opositor.
En el año 2000 -recordó el FrePam- se sancionó la ordenanza 2592 sobre “Radicación de las estructuras de soporte, antenas y equipos complementarios para servicios de comunicaciones y afines”, con modificaciones a través de las ordenanzas 5993 y 6009 (2018).
El FrePam señala que “durante la gestión anterior (del exintendente Landro Altolaguirre) se había detectado la colocación de antenas de telefonía celular y estructuras de soporte no declaradas en varios puntos de la ciudad, ya sea en terrenos particulares como en edificios”.
Esa proliferación en la colocación de antenas “había pasado inadvertida en parte por las maniobras que habían llevado a cabo los titulares de antenas, locatarios y locadores y los soportes de aquéllas, evadiendo las inspecciones regulares y el pago de la tasa correspondiente a los conceptos de habilitación y control de esas estructuras”.
El Concejo Deliberante trabajó conjuntamente con todos los bloques, para la creación de las ordenanzas que revistan de legalidad el accionar del Departamento Ejecutivo Municipal. Por eso se introdujeron modificaciones tanto a las ordenanzas específicas del tema, creando el Registro Público de Antenas como a la Ordenanza Tarifaria que actualizaba los costos de inspección y mantenimiento, como así también se creó la imposición de multas para los propietarios renuentes a la regularización.
Recordó que “algunas de las empresas deudoras se avinieron a pagar al Municipio pero otras siguieron resistiéndose lo cual motivó el inicio de las demandas correspondientes por parte de la gestión municipal anterior con embargo de cuentas inclusive”.
El bloque precisa que “recientemente se pudo conocer el fallo de la justicia provincial confirmando la sentencia en contra de la empresa Claro y en favor del municipio que por entonces reclamó el pago de las tasas de colocación e inspección correspondiente. El capital reconocido asciende a la suma de siete millones de pesos y bajo el concepto de intereses otro monto que casi duplica aquél que ingresarán a las arcas municipales”.
El FrePam sostiene que a pesar de la sanción de una ordenanza para la regularización de las antenas y el período de gracia otorgado, las empresas no las declararan ni pagaron el canon respectivo.
El proyecto establece que la Secretaría de Hacienda informe:
1) Las intimaciones realizadas a la fecha a las empresas de telefonía celular, los ingresos que ha recibido el municipio desde la última información a la fecha durante año 2020 bajo los conceptos de: tasa de pago único para el emplazamiento de cada estructura y/o elementos de soportes de antenas, sus equipos complementarios y antenas, por unidad y por única vez; tasa por los servicios de inspección del mantenimiento de condiciones de aprobación de cada estructura portante y/o elementos de soporte, sus equipos complementarios y antenas de telefonía celular que se abona por unidad y por mes.
2) Incorporaciones de declaración de antenas al Registro Público de Antenas contemplado en la Ordenanza 2592/2000 y sus modificatorias.
3) Recaudación en concepto de pago de multas por la detección de estructura de soporte, antena y equipos complementarios de telefonía celular previstas en el artículo 140 de la Ordenanza Tarifaria y/o información respecto a las intimaciones y estado de los procesos de cobro iniciados hasta la fecha.