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Pidieron prisión efectiva para el policía que disparó por la espalda a un joven

Matías Juan y Armando Aguero fueron los fiscales del caso
Matías Juan y Armando Aguero fueron los fiscales del caso.
El fiscal adjunto Matías Juan consideró que se acreditó la autoría de De Los Santos y que no existió una situación que justificara el empleo del arma. Por su parte, el fiscal general sostuvo que el segundo disparo de la escopeta fue un "desahogo".

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EL DIARIO digital

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General Pico (Agencia) – Con los alegatos de clausura, finalizó este viernes el juicio oral y público contra el subinspector Agustín Leonardo De Los Santos, acusado de dispararle con una escopeta antitumulto a Kevin Nahuel Quiroga. La Fiscalía solicitó cuatro años de prisión efectiva e inhabilitación especial para ejercer funciones policiales; la querella acompañó el planteo, mientras que la defensa pidió la absolución y pidió la nulidad del proceso por cuestiones técnicas.

El hecho investigado ocurrió durante la madrugada del 16 de junio de 2025, luego de un incidente que comenzó en la Cantina del Pela y continuó en la vía pública, donde Quiroga recibió los disparos que le provocaron lesiones de consideración.

El fiscal adjunto Matías Juan alegó en primer término y consideró que se acreditó la autoría de De Los Santos y que no existió una situación que justificara el empleo del arma. "Esta fiscalía encuentra probado con grado de certeza, más allá de todas las dudas razonables, el hecho que ha sido objeto de la acusación", afirmó.

Según la reconstrucción, Quiroga y su amigo Bruno Aguilera habían sido retirados de la Cantina del Pela y, cuando caminaban por la calle, ya habían sido identificados por personal policial. No existía una orden para demorarlos. Juan remarcó que el oficial Talamarcás, de mayor jerarquía entre los efectivos que intervenían, había indicado que podían continuar su camino porque ya los conocían.

Para el fiscal, luego se produjo "una suerte de intensificación policial respecto de una identificación que ya se había logrado".

Juan también rechazó que el policía hubiera recibido una golpiza que justificara su reacción. "Nuestra teoría es que no ha existido golpe alguno. Desconocemos por qué el señor De Los Santos acabó con lesiones en su rostro", señaló. Cuestionó que la defensa no hubiera convocado a declarar a la médica que certificó esas lesiones.

Consideró que la conducta del acusado fue dolosa y que no existía una causa de justificación. Para sostener la calificación de lesiones graves, Juan mencionó las pericias médicas, las fotografías y la historia clínica del Hospital Gobernador Centeno. Remarcó que las heridas y el tiempo de recuperación impidieron que Quiroga retomara durante meses sus tareas laborales de esfuerzo físico.

El segundo disparo

La exposición del fiscal general Armando Agüero se concentró en la legitimidad de la intervención policial y en las circunstancias en las que De Los Santos decidió utilizar la escopeta. Sostuvo que la autoría de los disparos no estaba en discusión, pero que debía determinarse si el efectivo tenía algún motivo legal para actuar de esa manera.

Agüero cuestionó por qué Quiroga y Aguilera fueron retirados de la Cantina del Pela y luego interceptados mientras caminaban por la ciudad. Consideró que esa circunstancia no justificaba una intervención policial que terminara con el uso de un arma de fuego.

A su entender, los jóvenes no habían cometido ningún delito y la función de los efectivos debía limitarse a identificarlos y permitirles continuar su camino: "Lo cierto es que el procedimiento policial era identificarlos y que se vayan. El personal policial debe tener la capacidad, debe tener la prudencia, debe tener la templanza para darse cuenta en qué momentos la identificación de dos borrachos debe discriminarse de la conducta delictiva que termina aquí", afirmó.

Uno de los ejes de su alegato fue el rechazo a la versión de la defensa sobre una agresión física contra el policía. Recordó que el arma tenía entre 85 y 86 centímetros de largo y consideró que esa dimensión no era compatible con la posibilidad de que el efectivo hubiera recibido un puñetazo en las condiciones descriptas.

Sin embargo, el cuestionamiento más fuerte estuvo dirigido al segundo disparo, que impactó en la espalda de Quiroga. Agüero tomó como referencia la distancia de unos 20 metros mencionada durante el debate y sostuvo que, para ese momento, no existía una amenaza contra el acusado ni contra los demás policías porque Quiroga escapaba del lugar.

"El segundo disparo más bien es desahogo, más bien es de represalia, más bien es de venganza, más bien es de cualquier cosa menos el ejercicio regular de la función policial", expresó. Para el fiscal, esa circunstancia resultaba determinante para descartar que el accionar pudiera quedar amparado por la legítima defensa.

Además, sostuvo que los efectivos disponen de distintas herramientas para intervenir ante una situación de resistencia o violencia, sin recurrir necesariamente a un arma de fuego.

"Tiene otras herramientas en el uso de la fuerza directa del personal policial que no son única y exclusivamente el arma de fuego: llámese el uso de la fuerza para la reducción, el uso de las esposas, el uso de la tonfa, el apoyo policial, entre otros", indicó.

Con esos argumentos, la Fiscalía encuadró la conducta en el delito de lesiones graves agravadas por el abuso de la función policial y por el empleo de un arma de fuego.

"Por la sumatoria de agravantes lo pone como un delito de inevitable encierro. Por eso arranca su mínimo en cuatro años", señaló. Finalmente, solicitó cuatro años de prisión efectiva y la inhabilitación especial para ejercer cargos policiales.

La querella acompañó

El abogado querellante Guido Portis Ricciardi adhirió al planteo de la Fiscalía. En su reconstrucción, Quiroga y Aguilera habían sido invitados a retirarse de la Cantina del Pela y luego continuaron caminando. Sostuvo que, una vez en la calle, no representaban una amenaza que justificara el despliegue policial ni el uso de la escopeta.

El letrado también puso el acento en las consecuencias del hecho para Quiroga. Recordó que trabajaba en una rotisería y que, después de las lesiones, perdió esa posibilidad laboral y debió recurrir a la ayuda de su familia y a trabajos ocasionales. La querella pidió cuatro años de prisión y, en forma subsidiaria, una condena de tres años de prisión y seis años de inhabilitación.

Protección

El defensor Raúl Quiroga sostuvo que la intervención se produjo en un contexto de discusiones, alteración y violencia por parte de los dos jóvenes, y que los efectivos debieron afrontar una situación que fue escalando desde el episodio ocurrido en el local nocturno.

Afirmó que los policías adicionales habían recibido el pedido de retirar a Quiroga y Aguilera porque estaban provocando disturbios y que, una vez en la calle, ambos se negaron a identificarse. También cuestionó la actuación del oficial Talamarcás, a quien atribuyó la decisión de no ordenar la demora de los jóvenes pese a que otros efectivos se lo habían propuesto.

El defensor sostuvo que De Los Santos se encontraba en una situación de riesgo, que recibió golpes y que actuó condicionado por el temor a perder el control de la escopeta. Según su planteo, el primer disparo se produjo cuando el policía se sintió mareado y estaba a punto de caer, mientras que el segundo fue efectuado después de recibir una nueva agresión y, como máximo, podía encuadrar como "exceso en la legítima defensa".

Explicó que el subinspector tenía la función de disuadir y proteger tanto a sus compañeros como a sí mismo. "Él teme por sus compañeros, porque él fue, él es el escopetero", sostuvo.

"Hay que estar, hay que estar ahí, hay que vivir los momentos", expresó el abogado, al sostener que debía analizarse si al policía le había sido exigible actuar de otra manera.

Otro eje de la defensa fue la calificación de las lesiones como graves. Citó declaraciones de profesionales médicos que señalaron que no se habían comprometido órganos ni estructuras vasculares. También recordó que, en Fiscalía y pocos días después del hecho, Quiroga pretendía que le pagaran los días que no había podido trabajar.

El tribunal dará a conocer su decisión el próximo miércoles 25 de noviembre.

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