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EL DIARIO digital
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El diputado provincial Hernán Pérez Araujo (FreJuPa) cuestionó la decisión de la Corte Suprema de Justicia de la Nación de solicitar a La Pampa, Mendoza y al Estado nacional que informen sobre los avances para cumplir con el fallo de 2020 por el río Atuel.
Cuestionó que el máximo tribunal del país vuelva a pedir informes sobre el cumplimiento de la sentencia que fijó un caudal mínimo permanente de 3,2 metros cúbicos por segundo del río Atuel entrando a La Pampa. También apuntó contra Mendoza por la falta de cumplimiento.
El legislador se expresó a través de un comunicado publicado en sus redes sociales, luego de que el máximo tribunal reactivara la causa y otorgara un plazo de 20 días para que las jurisdicciones indiquen si alcanzaron acuerdos parciales en el ámbito de la Comisión Interprovincial del Atuel Inferior (CIAI). También pidió que detallen las actividades realizadas desde la sentencia para cumplir con los objetivos establecidos.
Pérez Araujo calificó el requerimiento como un "rapto de responsabilidad forzada" y cuestionó que la Corte vuelva a pedir explicaciones sobre una resolución que, según remarcó, debe cumplirse.
"¿En serio? La Provincia de La Pampa no solo parece estar sujeta al antojo de Mendoza, a que decida si cumple o no con un fallo judicial; sino que además pareciera también estar sujeta a una aparente falta de voluntad de que dicha sentencia tenga imperatividad jurídica, desde el propio órgano que la emanó", planteó.
En ese sentido, sostuvo que La Pampa no debería tener que volver a explicar el desarrollo de una causa que lleva décadas de litigio. "No estamos nosotros obligados a comentarle a la CSJN lo que viene ocurriendo con una causa ya harto litigada, aún así responderemos como es debido. Es el fallo que ella misma dictaminó el obligatorio y Mendoza la obligada", afirmó.
Ocho décadas de reclamo
El diputado también repasó los tiempos que lleva el conflicto por el río Atuel para cuestionar la demora en alcanzar una solución. "Pasaron 39 años desde que se declaró la interprovincialidad, 14 desde iniciada la demanda y 6 desde que se fijó el caudal mínimo de 3,2 m³/s, ¿ahora pasan a ver cómo andamos?", señaló.
La sentencia de 2020 estableció como meta interina un caudal mínimo permanente de 3,2 metros cúbicos por segundo en el límite entre La Pampa y Mendoza. Además, ordenó determinar las obras necesarias para alcanzar ese volumen de agua, los plazos de ejecución, la distribución de los costos y un programa de monitoreo ambiental.
El planteo de Pérez Araujo concluyó con una referencia a la histórica demanda pampeana por la recuperación del río y un cuestionamiento a la posibilidad de extender los plazos para cumplir con la resolución judicial.
"La Pampa reclama un río hace 80 años, lo que menos merecemos es un período de adaptación a un fallo judicial que obliga a devolverlo", expresó.
La nueva intervención de la Corte abre una instancia para conocer qué medidas se adoptaron desde 2020 y cuáles son los avances concretos de las negociaciones entre las jurisdicciones.