La Pampa

El TIP revocó un fallo sobre la extracción de muestras genéticas a personas condenadas 

 En octubre de 2025 la Fiscalía solicitó la extracción de muestras biológicas de un condenado pero el juez de Ejecución Penal rechazó el pedido
En octubre de 2025, la Fiscalía solicitó la extracción de muestras biológicas de un condenado, pero el juez de Ejecución Penal rechazó el pedido.
El Tribunal de Impugnación confirmó que los jueces de Ejecución Penal pueden ordenar la extracción de muestras genéticas para incorporar a condenados al Registro Provincial.

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EL DIARIO digital

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La Sala B del Tribunal de Impugnación Penal de La Pampa hizo lugar a un recurso presentado por el Ministerio Público Fiscal y revocó una resolución judicial que había rechazado la extracción de muestras biológicas a una persona condenada, destinadas a su incorporación al Registro Provincial de Datos Genéticos.

La decisión fue adoptada por unanimidad por los jueces María Paola Frigerio y Mauricio Federico Piombi, quienes establecieron que *la extracción de muestras genéticas puede ordenarse durante la etapa de ejecución de la pena y que el juez de Ejecución Penal tiene competencia para disponerla*.

La controversia se originó en el legajo del imputado M. A. P., condenado en diciembre de 2023 a tres años de prisión de ejecución condicional por el delito de estafa.

En octubre de 2025, la Fiscalía solicitó la extracción compulsiva de muestras biológicas del condenado para obtener su huella genética e incorporarla al Registro Provincial de Datos Genéticos, conforme a la Ley Provincial N.º 3.099.

El juez de Ejecución, Edgardo Trombicki, rechazó la solicitud por considerar que carecía de competencia para ordenar la medida y que esta debía haberse realizado durante la etapa de investigación penal.

Frente a esa decisión, la Fiscalía de Ejecución Penal, a cargo de Marisol Rodríguez, interpuso los recursos correspondientes, sosteniendo que la legislación provincial no establece limitaciones temporales ni reserva esa facultad exclusivamente a los jueces que intervienen durante la investigación.

Fundamentos

El 1 de octubre de 2026, el TIP resolvió hacer lugar al recurso de impugnación presentado por el Ministerio Público Fiscal; revocar la resolución del juez de Ejecución que había rechazado la solicitud; disponer que el juez interviniente dé cumplimiento al requerimiento fiscal de extracción de muestras genéticas del condenado.

Al analizar el recurso, el Tribunal compartió los argumentos del Ministerio Público Fiscal y señaló que la Ley Provincial N.º 3.099 contempla expresamente la incorporación al Registro de las huellas genéticas de personas imputadas y condenadas en procesos penales.

Asimismo, destacó que el artículo 5 de dicha ley establece que la autoridad judicial interviniente debe ordenar la extracción de las muestras necesarias, sin limitar esa facultad a una etapa determinada del proceso penal.

En consecuencia, los magistrados concluyeron que, cuando una persona se encuentra cumpliendo una condena bajo la jurisdicción del Juzgado de Ejecución Penal, "es ese juez quien reviste el carácter de autoridad judicial interviniente y puede ordenar la extracción de muestras genética.

La resolución constituye un antecedente relevante para la aplicación del Registro Provincial de Datos Genéticos en La Pampa.

El Tribunal aclaró que la finalización de la investigación penal no impide disponer la extracción de muestras biológicas y que la competencia judicial para ordenar esta medida subsiste durante la ejecución de la condena.

De esta manera, el pronunciamiento reafirma la aplicación de la Ley Provincial N.º 3.099 y establece un criterio sobre las facultades de los jueces de Ejecución Penal para garantizar su cumplimiento.

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