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EL DIARIO digital
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La sentencia fue dictada el miércoles 28 de octubre, en el marco de un juicio abreviado, contra Nicolás Fernando Martino, quien fue declarado reincidente y deberá cumplir la pena en prisión.
El hecho ocurrió el pasado 12 de septiembre, alrededor de las 13:05, en la intersección del pasaje J. Sosa y la calle General Acha de la capital pampeana.
Según quedó acreditado en la causa judicial, Martino llevaba un revólver calibre 32 largo, de color cromado y con detalles de madera, con el que apuntó contra Brian Lionel Aino y efectuó dos disparos. Ninguno de los proyectiles alcanzó a la víctima.
La investigación también determinó que el agresor no contaba con autorización legal para la tenencia ni la portación del arma.
La violencia no terminó con los disparos. Durante el mismo episodio, Martino atacó físicamente a Antonella Otamendi Fernández, a quien golpeó con los puños y con la parte posterior del revólver.
Como consecuencia de la agresión, la mujer sufrió un raspón, hinchazón y dolor en el pómulo izquierdo, lesiones que fueron calificadas como leves.
Además, el condenado dañó un Volkswagen Gol Trend negro perteneciente a la mujer. Los destrozos afectaron el parabrisas delantero, el vidrio de la puerta del conductor y la luneta trasera.
Condena y reincidencia
La resolución judicial se produjo a partir de un acuerdo de juicio abreviado suscripto por el fiscal Facundo Emanuel Bon Dergham, la defensora oficial Susana Clementina Dacal y el imputado.
Martino fue declarado autor penalmente responsable de los delitos de abuso de armas, portación ilegal de arma de fuego de uso civil, lesiones leves y daño simple, todos ellos en concurso real.
La Justicia le impuso un año de prisión de efectivo cumplimiento y lo declaró reincidente, de acuerdo con lo establecido en el artículo 50 del Código Penal.
La declaración de reincidencia implica que el condenado registra antecedentes penales que reúnen las condiciones legales para aplicar esa figura.
La sentencia también dispuso que, una vez que la resolución se encuentre firme o ejecutable, Martino sea trasladado a un establecimiento de detención para cumplir la pena. Posteriormente deberá realizarse el cómputo correspondiente, contemplando el tiempo que pudiera haber permanecido detenido.