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Mordió a su expareja en la cara y fue condenado a nueve meses de prisión

La jueza de Control Elena Grégoire
La jueza de Control Elena Grégoire.
Un hombre de 29 años fue condenado a nueve meses de prisión efectiva por agredir a su expareja en Santa Rosa. El acusado, que ya tenía antecedentes de violencia contra la misma mujer, fue declarado reincidente.

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EL DIARIO digital

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La jueza de Control Elena Grégoire condenó a un hombre de 29 años a nueve meses de prisión de efectivo cumplimiento por haber golpeado y mordido en el rostro a su expareja durante una discusión en una vivienda de Santa Rosa. El fallo fue dictado el miércoles 28 de octubre, mediante un acuerdo de juicio abreviado.

El episodio ocurrió el 12 de julio de este año, alrededor de las 15, cuando el acusado se presentó en el domicilio de la mujer para devolverle una bicicleta. En esas circunstancias comenzó una discusión y la víctima arrojó las pertenencias del hombre al exterior de la vivienda para que se retirara.

Sin embargo, el agresor recogió sus cosas y volvió a ingresar. Según la sentencia, durante la discusión la mujer lo insultó y agredió físicamente, ante lo cual el hombre reaccionó diciéndole: "¿Qué te pensás, que yo no te puedo golpear?".

Luego la arrojó al suelo, la mordió en la cara y la tomó del cabello, provocándole lesiones en el rostro.

La agresión fue corroborada por un examen de Sanidad Policial, que constató un hematoma en el pómulo derecho. También declaró la hermana de la víctima, quien aseguró que la mujer se comunicó con ella muy angustiada y que pudo observar la lesión.

Uno de los aspectos centrales del fallo es que el condenado ya tenía antecedentes de violencia contra la misma mujer.

En marzo de 2024 había sido condenado por daño y amenazas simples contra su expareja. Esa sentencia fue unificada con otra condena de 2023 y se le impuso una pena única de tres años de prisión efectiva, además de declararlo reincidente.

El hombre había accedido al régimen de libertad asistida el 9 de octubre de 2025. Meses después volvió a protagonizar un episodio de violencia contra la misma víctima.

La jueza consideró que la agresión debía analizarse dentro de un contexto de violencia de género, teniendo en cuenta los antecedentes de la relación, las intervenciones institucionales y las condenas anteriores.

Inicialmente, la investigación también incluía una acusación por amenazas agravadas mediante la utilización de un cuchillo. Sin embargo, la Fiscalía decidió excluir ese hecho del acuerdo porque no había reunido pruebas externas suficientes para corroborarlo frente a la negativa del imputado.

La fiscal sustituta Micaela Sucurro y el defensor oficial Marco Mezzasalma acordaron una pena de nueve meses de prisión efectiva por lesiones leves agravadas por haber mediado una relación de pareja.

La víctima, a través de su abogada Vanesa Ortiz, manifestó su conformidad con el acuerdo y con la continuidad de las medidas de protección. La mujer decidió no ingresar a la audiencia porque la posibilidad de encontrarse frente al agresor le generaba angustia y malestar.

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