La Pampa

La Legislatura investiga el caso del bebé de Rancul, pero publicaron su identidad

La Legislatura conformó una Comisión para estudiar el tema
La Legislatura conformó una Comisión para estudiar el tema
La Cámara de Diputados publicó en su sitio oficial un documento que contiene el nombre y apellido del bebé de Rancul, pese a que la legislación protege especialmente la identidad de niñas, niños y adolescentes. El dato aparece en un petitorio incorporado a las actuaciones de la comisión investigadora. La difusión abre interrogantes sobre los controles del propio Poder Legislativo.

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EL DIARIO digital

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La Legislatura de La Pampa, que conformó una comisión especial para investigar las actuaciones de los organismos provinciales en el caso del bebé de Rancul, quedó frente a un serio interrogante sobre sus propios procedimientos: publicó en su página web un documento oficial que revela el nombre y apellido del niño, cuya situación se encuentra atravesada por un proceso judicial de adoptabilidad.

Mientras los diputados buscan determinar si existieron irregularidades en la intervención de funcionarios y organismos del Estado, la propia Cámara puso a disposición de cualquier ciudadano información personal de un menor de edad cuya identidad debe ser especialmente resguardada y que significa la vulneración de su derecho a la intimidad. 

La situación surge de un petitorio de 26 páginas presentado el 10 de septiembre de 2026 por la familia de contención que tuvo bajo su cuidado al bebé. El escrito fue incorporado a las actuaciones legislativas y difundido íntegramente a través del sitio oficial de la Cámara de Diputados, desde donde puede descargarse sin restricciones.

En la página 13 del documento aparece el nombre completo del niño, incluido en la transcripción de una actuación judicial relacionada con su situación de adoptabilidad. El dato fue publicado sin ningún tipo de anonimización.

Lo llamativo es que los propios autores del petitorio tuvieron el cuidado de identificar al bebé mediante iniciales en otros pasajes del escrito. Incluso advirtieron expresamente sobre la necesidad de preservar su identidad y su intimidad, en cumplimiento de las normas que protegen los derechos de niñas, niños y adolescentes.

Sin embargo, esa precaución no se mantuvo en todo el documento y tampoco se corrigió antes de su difusión pública por parte de la Legislatura.

La responsabilidad de resguardar los datos personales no desaparece por el hecho de que un documento haya sido presentado por particulares. Una cosa es incorporar un escrito a un expediente legislativo y otra muy distinta es publicarlo íntegramente en internet, sin verificar previamente si contiene información especialmente protegida.

La Ley Nacional 26.061, de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, establece en su artículo 22 el derecho a la dignidad, la reputación y la propia imagen. Además, prohíbe difundir datos que permitan identificar directa o indirectamente a menores de edad cuando esa exposición pueda afectar su dignidad o intimidad.

En este caso, no se trata de una identificación indirecta ni de información que deba reconstruirse a partir de distintos documentos. El nombre y apellido del bebé aparecen expresamente escritos en el archivo publicado por un organismo del Estado.

La situación resulta especialmente delicada por el contexto en el que se produjo. La Cámara de Diputados decidió intervenir institucionalmente en un caso que generó una fuerte controversia pública, con cuestionamientos a las actuaciones administrativas y judiciales relacionadas con el retiro del niño de su familia de contención.

Para ello conformó una comisión investigadora que reúne documentación, solicita informes y recibe testimonios de funcionarios involucrados en el procedimiento.

Pero mientras examina la actuación de otros organismos, el propio Poder Legislativo enfrenta preguntas sobre los mecanismos utilizados para proteger la información sensible incorporada a sus expedientes.

La transparencia de las actuaciones parlamentarias no implica que toda la documentación pueda difundirse sin restricciones. Mucho menos cuando contiene datos personales de un niño involucrado en un proceso de adoptabilidad.

La publicación deja planteadas preguntas concretas: ¿quién controla la documentación antes de incorporarla al sitio oficial de la Legislatura? ¿Existen protocolos para anonimizar información sensible? ¿Se verificó el contenido del petitorio antes de habilitar su descarga pública?

Y, fundamentalmente, ¿la propia Cámara de Diputados vulneró el derecho a la intimidad del bebé de Rancul mientras investigaba la actuación de otros organismos estatales en el mismo caso?

La respuesta jurídica a ese interrogante todavía requiere una determinación específica. Lo que sí está documentado es que la Legislatura difundió un archivo que contiene la identidad del niño sin ocultarla, una situación que merece explicaciones institucionales y que pone bajo examen los resguardos aplicados por la propia Cámara.

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