La Pampa

La Justicia le llamó la atención a un abogado por tratar despectivamente a una jueza

Torres consideró que el profesional utilizó una expresión peyorativa
Torres consideró que el profesional utilizó una expresión "peyorativa".
La camarista Laura Torres cuestionó al abogado Javier Horacio Díaz por referirse a una magistrada como "Sra. Sustituta", omitiendo deliberadamente su condición de jueza. También rechazó un recurso de queja presentado por el profesional.

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EL DIARIO digital

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La Sala 1 de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería de La Pampa rechazó un recurso de queja presentado por el abogado Javier Horacio Díaz y, en el mismo fallo, le llamó la atención por el trato que dispensó a una jueza sustituta. La camarista Laura B. Torres consideró que el profesional utilizó una expresión "peyorativa" al referirse a la magistrada y le recordó que las diferencias con el sistema de designación de funcionarios judiciales no justifican un trato despectivo.

La resolución fue dictada el 7 de octubre, en el marco de un expediente vinculado con una causa judicial iniciada en 2013. Díaz había recurrido una decisión de la jueza sustituta Raquel Amalia Guazzaroni, a cargo del Juzgado Civil N° 2 de la Tercera Circunscripción Judicial, quien le había denegado una apelación por considerar que la resolución cuestionada no le ocasionaba un perjuicio irreparable.

Sin embargo, antes de analizar los argumentos del recurso, Torres dedicó parte de su pronunciamiento a cuestionar determinadas conductas del abogado.

La camarista señaló que Díaz había sido advertido anteriormente por omitir deliberadamente la palabra "jueza" y referirse a Guazzaroni únicamente como "Sra. Sustituta".

"Ello no solo es incorrecto, sino peyorativo y ello no puede ni debe ser por mí soslayado", sostuvo Torres.

La magistrada recordó que Guazzaroni es una funcionaria judicial que ingresó al Poder Judicial mediante un concurso de antecedentes y oposición y que actualmente ocupa, mediante una designación legal, un cargo judicial creado recientemente.

En ese sentido, explicó que la denominación correcta es "jueza sustituta", porque la condición de sustituta no elimina las atribuciones ni la investidura correspondiente al cargo.

Torres también hizo referencia a los cuestionamientos públicos que Díaz mantiene desde hace años respecto del sistema de sustitución de funcionarios judiciales.

"No desconozco la postura pública que hace años mantiene el abogado Javier H. Díaz respecto a la 'sustitución' de funcionarios", expresó.

No obstante, advirtió que los expedientes judiciales no constituyen el ámbito apropiado para plantear esas discrepancias y, mucho menos, para "tratar despectivamente a las personas que cumplen responsablemente la función encomendada".

Un recurso rechazado

El conflicto judicial se originó cuando Díaz apeló una resolución dictada el 8 de julio de 2026, relacionada con distintas cuestiones procesales de una ejecución judicial, entre ellas una constatación sobre un inmueble embargado y requisitos vinculados con una eventual subasta.

La jueza Guazzaroni denegó la apelación al entender que la decisión cuestionada no ocasionaba un perjuicio que justificara su revisión inmediata por un tribunal superior.

Frente a esa negativa, el abogado presentó un recurso de queja ante la Cámara. En su escrito denunció vulneraciones al debido proceso, al derecho de defensa y a garantías constitucionales. También cuestionó que la propia jueza pudiera decidir sobre la admisibilidad de la apelación.

Sin embargo, Torres concluyó que el profesional no había demostrado concretamente cuál era el perjuicio irreparable que le ocasionaba la resolución.

La camarista explicó que no alcanza con invocar derechos constitucionales o expresar desacuerdos con una decisión judicial, sino que resulta indispensable fundamentar por qué corresponde habilitar una apelación.

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