La Pampa

Ziliotto envió la Ley de Tierras Rurales: frenan la extranjerización y protegen recursos estratégicos

El proyecto prohíbe la venta de terrenos que contengan ríos acuíferos lagunas o humedales
El proyecto prohíbe la venta de terrenos que contengan ríos, acuíferos, lagunas o humedales.
Ante el vacío normativo nacional, el Ejecutivo provincial presentó una iniciativa para fijar topes de hasta 20.000 hectáreas a personas y empresas extranjeras.

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EL DIARIO digital

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El gobernador Sergio Ziliotto remitió a la Cámara de Diputados el proyecto de Ley Provincial de Tierras Rurales, una iniciativa impulsada para cubrir el vacío legal generado tras la derogación del marco regulatorio nacional. La propuesta busca blindar los recursos estratégicos de La Pampa y establecer límites estrictos a la posesión y titularidad de inmuebles rurales en manos de personas humanas y jurídicas extranjeras.

El eje central del texto consagra la prohibición absoluta de vender tierras a extranjeros cuando estas contengan o colinden directamente con recursos estratégicos -como ríos, acuíferos, lagunas, humedales y bosques nativos- o que se encuentren dentro de áreas naturales protegidas. Asimismo, se dispone una restricción total para compras por parte de Estados extranjeros o corporaciones con participación estatal de otros países.

Para el resto del territorio, la norma fija un techo de extranjerización del 15% tanto a escala provincial como departamental, agregando que una misma nacionalidad no podrá superar el 30% de ese cupo. A su vez, los límites de tenencia por titular variarán entre 1.000 y 20.000 hectáreas según la productividad de cada zona, tomando como referencia las Unidades Económicas Agrarias de la Ley Provincial 468.

El proyecto fija excepciones para extranjeros con arraigo acreditado: quedan fuera de las restricciones superficiarias quienes acrediten 10 años de residencia continua, o 5 años si tienen hijos argentinos o matrimonio/unión convivencial con un ciudadano local. Por otro lado, contempla un supuesto especial para extranjeros naturalizados por inversión que certifiquen dos años de residencia continua.

Sustentado en las competencias originarias que otorgan los artículos 121 y 124 de la Constitución Nacional sobre el dominio de los recursos naturales, y en la función social de la propiedad consagrada en la Carta Magna provincial, el Ejecutivo alineó a La Pampa con normativas de protección vigentes en países de la región como Brasil, Uruguay o Paraguay.

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