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EL DIARIO digital
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El Tribunal de Cuentas de La Pampa ordenó al presidente de la Comisión de Fomento de Pichi Huinca, Carlos Oscar Ferrero, y al secretario-tesorero, Aldo Matías Benvenuto, reintegrar $48.000 utilizados para comprar indumentaria que fue entregada a ambos funcionarios.
La irregularidad surgió durante el análisis de la rendición de cuentas correspondiente a abril de 2025 y quedó plasmada en la Sentencia Nº 2156/2026 de la Sala II del organismo de control, publicada este viernes en el Boletín Oficial.
Durante la auditoría, la Relatoría observó una compra de indumentaria y requirió a la comuna que presentara el listado de las personas que habían recibido las prendas, con el detalle de lo adquirido, nombre completo, DNI y firma de cada beneficiario como constancia de recepción.
La respuesta de la Comisión de Fomento permitió determinar que la ropa había sido entregada a las propias autoridades comunales.
A partir de esa documentación, la Jefatura de la Sala II planteó que debía distinguirse entre los empleados de planta permanente, comprendidos por la Ley 643, y los funcionarios políticos cuyos cargos son transitorios.
Según explicó el organismo, la entrega de indumentaria al personal permanente responde a "razones de seguridad, salud y operatividad inherentes al servicio". Incluso recordó que la legislación provincial establece para esos agentes la obligación de utilizar la ropa de trabajo correspondiente.
La situación, señaló el Tribunal, es diferente en el caso de las autoridades electas. "La compra de ropa para funcionarios electos no corresponde sea afrontada por la Comuna", sostuvo el fallo al respaldar la observación realizada por los auditores.
Con ese fundamento, la Sala II formuló un cargo solidario por $48.000 contra Ferrero y Benvenuto, en sus respectivos cargos de presidente y secretario-tesorero de la Comisión de Fomento.
La resolución les otorgó un plazo de diez días desde la notificación para depositar el dinero y acreditar el pago ante el Tribunal de Cuentas. Como alternativa, ambos pueden presentar un recurso de revocatoria en los términos establecidos por el Decreto Ley Nº 513/69.
Si no reintegran el monto ni recurren la decisión dentro del plazo previsto, el Tribunal advirtió que dará intervención al Fiscal de Estado para avanzar con las acciones correspondientes.