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EL DIARIO digital
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"Un Estado que renuncia a controlar su territorio no amplía la libertad de sus habitantes: comienza a abdicar de su propia existencia", sintetizó el abogado constitucionalista Andrés Gil Domínguez al hacer un análisis crítico de la Ley de Tierras que esta semana tratará el Senado.
El profesional pampeano considera que la modificación de esa normativa es "la entrega de la soberanía territorial".
Gil Domínguez refrescó que el gobierno de Milei "tiene como característica promover leyes con títulos grandilocuentes que engloban temas diversos. Ahora le toca el turno al proyecto de ley de inviolabilidad de la propiedad que está por ser debatido en la Cámara de Senadores".
"En segundo lugar, permite que adquieran tierras rurales empresas con participación estatal extranjera cualquiera sea la forma jurídica que adopten o personas extranjeras en zonas de seguridad de frontera con la autorización, en ambos casos, de la provincia respectiva y el Poder Ejecutivo aplicando a tales efectos el mecanismo del régimen de silencio administrativo positivo incorporado por la ley bases (ley 27.742) cuando modificó el art. 10 de la ley nacional de procedimientos administrativos (ley 19.549)", enumera.
¿Cómo funciona este mecanismos? "Una empresa con participación estatal extranjera o una persona extranjera solicitan la autorización para comprar tierras rurales sin límite alguno o en zonas de seguridad de frontera y si el Estado Nacional y las provincias no se oponen en el plazo de 60 días el vencimiento del mismo opera como una autorización de pleno derecho".
Gil Domímguez recuerda que "el territorio es uno de los elementos constitutivos del Estado. Y tal como lo explica Germán Bidart Campos -en el Tomo I-A de su tratado elemental de derecho constitucional argentino- circunscribe el ámbito del poder estatal en forma negativa (excluyendo de su área el ejercicio de todo poder político extranjero) y positiva (sometiendo a su jurisdicción a las personas y los bienes que se encuentren en su territorio o que estando fuera tienen algún punto de conexión con el mismo)".
"El dominio privado no se confunde jurídicamente con la soberanía estatal, pero puede afectar sus presupuestos materiales. La adquisición sin límites de tierras rurales ubicadas en zonas de frontera por personas extranjeras de una misma nacionalidad o por empresas vinculadas a un Estado extranjero podría conformar enclaves territoriales, económicos y logísticos con capacidad para controlar recursos naturales, vías de acceso o infraestructura estratégica. La soberanía subsistiría formalmente, pero indudablemente, se debilitaría en las condiciones concretas de su ejercicio", señala el constitucionalista.
Añade: "El riesgo no consiste en sostener que toda adquisición extranjera conducirá inevitablemente a una secesión, sino en advertir que el Estado resigna anticipadamente los instrumentos necesarios para impedir procesos de penetración territorial y dependencia geopolítica. Crimea no fue anexada mediante compras privadas, pero su ejemplo demuestra cómo una potencia extranjera puede utilizar vínculos poblacionales, económicos y políticos para construir una pretensión territorial respaldada posteriormente por la fuerza".
Advierte además que "en otro plano, la insistencia de Donald Trump en incorporar Groenlandia a los Estados Unidos por razones de seguridad revela que el control de grandes extensiones territoriales dotadas de recursos y ubicación estratégica continúa siendo una herramienta central del poder geopolítico".
Comenta que "la Constitución argentina protege la propiedad privada, pero no convierte al territorio argentino en una mercancía disponible para el mejor postor. Si bien la propiedad es un derecho, la soberanía es una condición de existencia del Estado. Confundirlas deliberadamente supone transformar una garantía constitucional destinada a proteger a las personas en un instrumento para desproteger a la Nación".
"Un país no pierde su territorio solamente cuando una potencia extranjera lo invade. También comienza a perderlo cuando renuncia a controlar quién adquiere sus tierras estratégicas, quién controla territorialmente el acceso, aprovechamiento y explotación de sus recursos y quién se instala en sus fronteras. Mucho más cuando semejante decisión puede quedar consumada no por un acto estatal expreso, fundado y responsable, sino por el mero silencio de funcionarios que dejan transcurrir un plazo", agrega el análisis del profesional.
Acota que "el gobierno y sus cómplices intermitentes podrán disfrazar esta entrega con el lenguaje de la libertad, la apertura o la modernización. Pero ningún discurso grandilocuente puede ocultar lo evidente: la eliminación de los límites para que intereses extranjeros se apropien de manera ilimitada de las tierras rurales y fronterizas no está protegiendo el derecho de propiedad, sino por el contrario, facilitando la extranjerización del territorio argentino".